Resolución 521/2002

Fecha de disposición18 Noviembre 2002
Fecha de publicación18 Noviembre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30028

Ente Nacional Regulador de la Electricidad Ente Nacional Regulador de la Electricidad

TARIFAS

Resolución 521/2002

Apruébanse nuevos Cuadros Tarifarios de "EDESUR S.A." y "EDENOR S.A.", a partir del 1° de noviembre de 2002.

Bs. As., 13/11/2002

VISTO: los Expedientes ENRE N° 12.801/02 y ENRE N° 12.800/02, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde efectuar el recálcalo de los Cuadros Tarifarlos de las empresas "EDESUR S.A." y "EDENOR S.A.", aplicables al trimestre que comienza el 1° de noviembre de 2002.

Que la Ley 25.561 dispuso en su artículo 8 que a partir de su sanción, en los contratos celebrados por la Administración Pública bajo normas de derecho público, comprendidos entre ellos los de obras y servicios públicos, quedan sin efecto las cláusulas de ajuste en dólar o en otras divisas extranjeras y las cláusulas indexatorias basadas en índices de precios de otros países y cualquier otro mecanismo indexatorio. Los precios y tarifas resultantes de dichas cláusulas, quedan establecidos en pesos a la relación de cambio UN PESO ($ 1) = UN DOLAR ESTADOUNIDENSE (U$S 1).

Que en cuanto al componente del pass-through, el MINISTERIO DE ECONOMIA a través de la Resolución ME N° 53/02 determinó que lo dispuesto por la Resolución ME N° 38 del 9 de abril de 2002 no alcanza a los ajustes estacionales que define la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente de ese Ministerio en el marco de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley N° 24.065 y su reglamentación.

Que por lo tanto, corresponde actualizar las tarifas de distribución aplicables al trimestre noviembre 2002-enero 2003 teniendo en cuenta los precios trimestrales de la energía y la potencia que surgen de la Programación Semestral de Verano para el período noviembre 2002-abril 2003, aprobada mediante Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 148/02 del 25 de octubre de 2002.

Que resulta conveniente, a los fines de asegurar adecuadamente la difusión de los cuadros tarifarlos disponer su publicación en un plazo acorde con el derecho de los usuarios a ser suficientemente informados.

Que se ha producido el correspondiente dictamen interdisciplinario.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en los artículos 56 incisos a), d) y p) y 63 inciso g) de la Ley N° 24.065 y en el Subanexo 2 del Contrato de Concesión de las Distribuidoras "EDESUR S.A." y "EDENOR S.A.".

Por ello,

EL...

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