Resolución 131/2002

Fecha de disposición02 Octubre 2002
Fecha de publicación02 Octubre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29996

Secretaría de Transporte Secretaría de Transporte

TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS Y CARGAS

Resolución 131/2002

Normas de procedimiento para la tramitación de solicitudes de autorizaciones para el transporte internacional de cargas por carretera comprendidas en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre, autorizaciones o permisos para efectuar servicios de transporte automotor de pasajeros de Jurisdicción Nacional, en las modalidades Ejecutivo, Turismo y de Oferta Libre, y para la prestación de servicios de transporte internacional automotor de pasajeros.

Bs. As., 1/10/2002

Visto el Expediente Nº S01:02399551/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION y el Decreto Nº 475 de fecha 21 de febrero de 2002, y

CONSIDERANDO,

Que por el Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por el Decreto Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995, se aprobó el régimen normativo del transporte por automotor de pasajeros por carretera que se desarrolla en el ámbito de la Jurisdicción Nacional, con exclusión del transporte de personas que se realiza exclusivamente en la Región Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires.

Que en dicha norma se clasifican los servicios en CUATRO (4) categorías: Servicios Públicos, Servicios de Tráfico Libre, Servicios de Transporte para el Turismo y Servicios Ejecutivos.

Que el Decreto Nº 958/92, en el Artículo 44, señala como autoridad de aplicación a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el Decreto N° 656 de fecha 29 de abril de 1994 aprobó el régimen jurídico al que debe sujetarse la prestación de servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano, que se desarrollan en el ámbito de la Jurisdicción Nacional, y clasificó a los mismos en Servicios Públicos y Servicios de Oferta Libre.

Que en el Capítulo II, Artículos 30 a 37 del citado decreto, se establecieron las pautas básicas para la prestación de los denominados "Servicios de Oferta Libre", en el ámbito del transporte de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano.

Que la Ley Nº 24.653 instituyó el nuevo régimen al que deberá someterse el transporte por automotor de cargas de carácter nacional e internacional en la medida que no se encuentre reglado por convenios internacionales.

Que el Artículo 5º de dicha norma establece como Autoridad de Aplicación de dicho régimen al ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a través de la entonces SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, establece la integración de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA, aprobando su Estatuto.

Que mediante la Resolución N° 263 de fecha 16 de noviembre de 1990 de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hizo efectiva la puesta en vigencia del ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE inscripto como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (A.L.A.D.I.), conforme con los mecanismos del TRATADO DE MONTEVIDEO de 1980.

Que en el Acuerdo fueron establecidos los principios básicos para la tramitación de las solicitudes de autorizaciones originarias y complementarias.

Que el Artículo 58 Punto I del mencionado ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE establece como organismo nacional competente para la aplicación del mismo a la SECRETARIA DE TRANSPORTE (SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE).

Que la Resolución...

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