Resolución 494/2002

Fecha de disposición05 Septiembre 2002
Fecha de publicación05 Septiembre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29977

Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 494/2002

Establécense los criterios y mecanismos para calificar los proyectos de inversión que se presenten en el marco del llamado a Concurso Público de Proyectos del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Carta de Consulta Previa e Instructivos. Formularios de Presentación de Proyectos e Instructivos. Comité de Inversiones. Reglamento.

Bs. As., 3/9/2002

VISTO el Expediente N° S01:0220319/2002 del Registro de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, lo dispuesto en la Ley Nº 25.300 y en los Decretos Nº 1074 de fecha 24 de agosto de 2001, Nº 1126 de fecha 31 de agosto de 2001, N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, Nº 1555 de fecha 22 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1126/2001 se transfirió la ex - SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS, lo cual en virtud del dictado del Decreto N° 357 (T.O. del Decreto 475/2002) se encuentra actualmente dentro de la estructura organizativa del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Que la Ley Nº 25.300 de "FOMENTO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA" creó el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME).

Que el FONAPYME, tiene por objeto realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas a las empresas y formas asociativas comprendidas en el artículo 1° del mismo texto legal.

Que en este orden, el artículo 2° del Decreto Nº 1074/2001 establece que los proyectos susceptibles de recibir aportes del FONAPYME, serán aquellos presentados por micro, pequeñas y medianas empresas, existentes o a ser creadas en el marco de dichos proyectos, o por formas asociativas constituidas exclusivamente por éstas. Dichos proyectos deberán tener por objeto la realización de inversiones que creen o amplíen su capacidad productiva o introduzcan nuevos productos o procesos de producción que mejoren en forma comprobable la competitividad de dichas empresas.

Que para la ejecución de las políticas prioritarias del Gobierno Nacional en materia de fortalecimiento y crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, es imprescindible responder en forma urgente a la demanda de asistencia financiera, atendiendo a los tiempos necesarios para su implementación.

Que mediante el Decreto Nº 1555/2002 se designaron los integrantes del COMITE DE INVERSIONES, a cuyo cargo estará la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos del FONAPYME, de conformidad con el artículo 5º del Decreto N° 1074/2001.

Que asimismo, el COMITE DE INVERSIONES fue reglamentado por el Decreto mencionado en el considerando anterior, el cual estableció su integración, funciones y atribuciones.

Que el Decreto Nº 1074/2001 dispuso en su artículo 5° que para la selección de proyectos de inversión a financiar en forma directa el COMITE DE INVERSIONES deberá convocar públicamentea la presentación de los mismos.

Que el artículo 6° del mencionado decreto, faculta a la ex - SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en su carácter de Autoridad de Aplicación, a fijar los criterios y mecanismos a seguir para calificar los proyectos de inversión, los que deberán ser conocidos públicamente con anterioridad a la convocatoria para su presentación.

Que de acuerdo al artículo 13 del Decreto N° 1074/2001, el COMITE DE INVERSIONES deberá darse su Reglamento Interno y el que deberá ser aprobado por la SECRETARíA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL a efectos de reglamentar su funcionamiento.

Que de conformidad con el artículo 14 inciso b) del Decreto Nº 1074/2001, el COMITE DE INVERSIONES se encuentra facultado para efectuar los llamados a concurso público para la presentación de proyectos y establecer los cupos globales y por jurisdicción, según las disposiciones de dicho Decreto.

Que en consecuencia, resulta necesario y oportuno definir las bases y condiciones del concurso público para la presentación de proyectos.

Que según refleja el Acta celebrada en fecha 30 de agosto de 2002, dicho COMITE resolvió llamar a Concurso Público de Proyectos, acordó como fecha de cierre del mismo el día 29 de octubre de 2002 a las 12 horas y encomendó a su Presidente, el Señor SECRETARIO de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y DESARROLLO REGIONAL a dictar las resoluciones y disposiciones reglamentarias que sean pertinentes.

Que el Llamado a Concurso Público para la presentación de Proyectos ad-referéndum de la firma del Contrato de Fideicomiso obedece a la necesidad de contar con el tiempo suficiente para llevar a cabo cada una de las etapas de formulación, evaluación, priorización, selección e instrumentación de proyectos.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto N° 1074/2001, la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL debe establecer un mecanismo de asignación predeterminada de cupos para la financiación de proyectos entre las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en función de los coeficientes de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 25.300, el Decreto N° 1074 de fecha 24 de agosto de 2001 y el Decreto Nº 475 de fecha 8 de marzo de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébese el Reglamento Interno para el funcionamiento del COMITE DE INVERSIONES, que como Anexo V forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2°

Convócase al Llamado a Concurso Público de Proyectos para el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), los que serán recibidos a partir del 16 de septiembre de 2002 y cuyo cierre será el 29 de octubre de 2002 a las 12 hs., de acuerdo a las Bases y Condiciones del Llamado a Concurso Público de Proyectos que se detallan en el Anexo VI que forma parte integrante de la presente.

Art. 3°

Aprúebese como parte integrante de la presente resolución los Anexos que se detallan a continuación, que establecen los criterios y mecanismos para calificar los proyectos de inversión que se presenten en el marco del Llamado a Concurso Público de Proyectos del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME):

  1. Anexo I "Mecanismo de Presentación, Formulación y Evaluación de Proyectos - Banco de Proyectos";

  2. Anexo II "Criterios de calificación de proyectos";

  3. Anexo III "Carta de Consulta Previa e Instructivo";

  4. Anexo IV "Formularios de Presentación de Proyectos e Instructivos".

Art. 4°

Difúndase la información concerniente al Llamado a Concurso de Proyectos, a través de las dependencias pertinentes de esta Cartera de Estado y de los mecanismos informáticos disponibles.

Art. 5°

Invítese a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a colaborar con la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION en la difusión del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), a través de las unidades competentes en la materia en cada jurisdicción.

Art. 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - Julio E. Massara.

ANEXO I

MECANISMO DE PRESENTACION, FORMULACION Y EVALUACION DE PROYECTOS - BANCO DE PROYECTOS

Presentación y Formulación

A los efectos de acceder a los instrumentos financieros del FONAPyME, las empresas deberán presentar un proyecto de acuerdo a las bases y condiciones de cada llamado.

A fin de facilitar al empresario PyME el trabajo de formulación de su proyecto se instrumentará un sistema de Consulta Previa a través de un formulario simplificado. Determinada la preelegibilidad de la Idea Proyecto, contenida en la Consulta, el FONAPyME asignará un oficial de proyecto, quién asesorará a la Empresa para la Formulación definitiva. (Anexo I\/)

Evaluación

Una vez finalizada la recepción de proyectos se abrirá una etapa de evaluación. Esta etapa incluye:

  1. Armado del cronograma de desembolsos

  2. Preparación del informe a elevar al Comité de Inversiones que será elaborado de acuerdo a los criterios de calificación que se establecen en el Anexo II sobre bases y condiciones de cada concurso.

    El Comité de Inversiones finalmente decidirá sobre los proyectos a aprobar para ordenar su financiamiento.

    Banco de Proyectos

    Independiente de la liquidez de las partidas presupuestarias vigentes para el financiamiento de proyectos la SEPyMEyDR implementará un Banco de Proyectos que tendrá por objeto:

    1. - Orientar al presentante hacia las mejores alternativas de apoyo disponibles, ya sean instrumentos de la propia SEPyMEyDR o de otros organismos del Estado Nacional, Provinciales o Privados.

    2. - Coordinar alternativas de apoyo complementarias para el mismo proyecto entre distintos instrumentos disponibles.

    3. - Canalizar los resultados de identificación de proyectos por parte de las diversas áreas de la SEPyMEyDR y de otros programas de gobierno.

    El Banco de Proyectos se nutrirá de las siguientes fuentes:

  3. Presentaciones espontáneas de Empresas ante la SEPyMEyDR; b) Presentaciones de Provincias, Municipios y Cámaras Empresarias

  4. Resultados de la acción de las áreas de Desarrollo...

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