Resolución 488/2002
Fecha de disposición | 28 Agosto 2002 |
Fecha de publicación | 28 Agosto 2002 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29971 |
Ministerio de Salud (Nota Infoleg: Se suspende la vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de Diciembre de 2002, por art. 1° de la Resolución N° 798/2002 del Ministerio de Salud B.O. 13/11/2002. Ver artículo 2° y 3° de la misma Resolución.)
Ministerio de Salud
HOSPITALES PUBLICOS
Resolución 488/2002
Apruébanse las normas y módulos para los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada y créase la Unidad Hospital Público (UHP).
Bs. As., 21/8/2002
VISTO el Decreto Nº 939 de fecha 19 de octubre de 2000 y las Resoluciones del Ministerio de Salud nros. 855 de fecha 13 de octubre de 2000, y 372 de fecha 20 de abril 2001 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto n° 939/00 del Poder Ejecutivo Nacional se creó el Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.
Que en dicha norma se establecieron una serie de lineamientos que regulan el procedimiento de facturación y cobro de las prestaciones efectuadas por los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.
Que el artículo 2º, inc. a) del citado Decreto dispuso que los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada podrán facturar las prestaciones que brinden a los beneficiarios de otros subsistemas de salud, de acuerdo a los valores que fije el Ministerio de Salud.
Que la Resolución nº 855 de fecha 13 de octubre de 2000, establece los aranceles modulares y normas para los Hospitales Públicos de Autogestión (hoy Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada).
Que el tiempo transcurrido y la experiencia acumulada han permitido observar desajustes en los costos finales de las prestaciones.
Que los cambios en las codificaciones permitirán la inclusión de nuevas tecnologías y un más eficiente agrupamiento de las prestaciones.
Que se hace necesario establecer nuevos mecanismos y normas para los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada, tendiente a optimizar la facturación por parte de éstos.
Que siendo conveniente valorizar los aranceles modulares mediante un parámetro que sirva para simplificar la actualización o adecuación de tales aranceles, se considera conveniente crear una unidad de medición denominada Unidad Hospital Público (UHP).
Que por Resolución nº 372 de fecha 20 de abril del Ministerio de Salud se modificó el Código 4.03 del Anexo l de la Resolución nº 855/00 MS.
Que la SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS han prestado su conformidad respecto de la medida que se propicia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Apruébanse las normas y...
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