Resolución 308/2002

Fecha de disposición20 Agosto 2002
Fecha de publicación20 Agosto 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29965

Ministerio de Economía Ministerio de Economía

CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución 308/2002

Norma complementaria e interpretativa de las que rigen el proceso de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos dispuesto por la Ley N° 25.561 y los Decretos Nros. 293/2002, 370/2002 y 1090/2002. Niveles de calidad exigibles a los concesionarios. Incumplimientos. Reclamos o presentaciones de las empresas concesionarias o licenciatarias.

Bs. As., 16/8/2002

VISTO el Expediente N° S01:0202235/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley N° 25.561, los Decretos Nros. 293 del 12 de febrero de 2002, 370 del 22 de febrero de 2002, 1090 del 25 de junio de 2002, 355 del 21 de febrero de 2002 y la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA N° 20 del 18 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9° de la Ley N° 25.561 autorizó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a renegociar los contratos celebrados por la Administración Pública Nacional bajo normas de derecho público, incluyendo los de obras y servicios públicos comprendidos en el Artículo 8° de la referida ley, estableciendo los criterios que deben seguirse en el caso de los contratos que tengan por objeto la prestación de servicios públicos.

Que el Decreto N° 293/02 encomendó al MINISTERIO DE ECONOMIA la misión de llevar a cabo el proceso de renegociación de los contratos que tengan por objeto la prestación de obras y servicios públicos.

Que por el Artículo 4° de la citada norma fue creada la COMISION DE RENEGOCIACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, con la función de asesorar y asistir al MINISTERIO DE ECONOMIA en dicho proceso, estableciendo que dicha Cartera podrá establecer, dentro de su ámbito, las modalidades organizativas y operativas necesarias para lograr el desarrollo de las acciones adecuadas a la misión asignada.

Que por el Artículo 5° del Decreto N° 370/02 se facultó al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA a dictar el reglamento de funcionamiento de la COMISION DE RENEGOCIACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y las normas de procedimiento con ajuste a las cuales se llevará a cabo el proceso de renegociación.

Que el Decreto N° 1090/02 dispuso que los diversos reclamos por incumplimiento de los contratos sometidos al proceso de renegociación, que pudieran plantearse antes del dictado del decreto que refrende los acuerdos de renegociación o las recomendaciones de rescisión, deberán ser incluidos en el procedimiento de renegociación y formar parte del acuerdo, estableciendo asimismo, que los concesionarios deberán mantener la calidad de los servicios públicos involucrados en el contrato respectivo.

Que, igualmente, el Decreto...

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