Resolución 266/2002

Fecha de disposición05 Agosto 2002
Fecha de publicación05 Agosto 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29955

Ministerio de Economía Ministerio de Economía

SEGUROS

Resolución 266/2002

Mantiénese la vigencia de las normas del Contrato de Operatoria de Seguros vinculadas al régimen de la Ley Nº 13.003 (t.o. por Decreto Nº 1548/77) y sus normas reglamentarias. Apruébase la Addenda a los mencionados contratos.

Bs. As., 2/8/2002

VISTO, el Expediente Nº 001-001939/2002 y su agregado sin acumular Nº 030-003752/2002, ambos del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 13.003 (t.o. por Decreto Nº 1548/77) y sus normas reglamentarias; los Decretos Nº 2715 del 29 de diciembre de 1993 y 1158 del 1º de octubre de 1998; las Resoluciones del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 256 del 21 de febrero de 1994, 413 bis del 27 de marzo de 1995, 292 del 20 de setiembre de 1995, 231 del 26 de setiembre de 1996, 358 del 26 de marzo de 1997, 400 del 30 de marzo de 1998 y 382 del 29 de marzo de 1999, y las Resoluciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 248 del 24 de marzo de 2000, 16 del 30 de marzo de 2001 y 780 del 30 de noviembre de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 780/2001 instruyó a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, dependiente de la ex SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA para que instrumente un proceso de selección y adjudicación del administrador del Contrato de Operatoria de Seguros del régimen del Seguro de Vida Colectivo Obligatorio para el Personal del Estado, Ley Nº 13.003 y modificatorias.

Que el Artículo 2º de la mencionada resolución, encomendó a la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA y a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION la definición de las condiciones y términos de referencia para la selección y la calificación técnica de los oferentes.

Que por el Artículo 3º de la referida norma se amplió hasta el 30 de junio de 2002 el plazo de prórroga de las obligaciones emergentes de la Cláusula Tercera del Contrato de Operatoria de Seguros aprobado por la Resolución del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 256/94 y suscripto el 28 de febrero de 1994 entre el ESTADO NACIONAL por una parte y por la otra LA CAJA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA y LA CAJA DE SEGUROS DE VIDA SOCIEDAD ANONIMA, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 1º y 2º referidos...

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