Resolución 158/2002

Fecha de disposición01 Agosto 2002
Fecha de publicación01 Agosto 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29953

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

CARNES

Resolución 158/2002

Distribución del cupo destinado a los Proyectos Conjuntos entre Frigoríficos Exportadores y Asociaciones de Criadores y/o Grupos de Productores de Razas Bovinas. Incorporación de nuevos proyectos al sistema. Requisitos. Tribunal de Evaluación y Selección. Criterios de selección. Documentación a presentar.

Bs. As., 26/7/2002

VISTO el expediente Nº 800-012387/2001 del registro de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución Nº 7 del 1º de marzo de 2002 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, la Resolución Nº 914 del 7 de noviembre de 2001 del registró de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, los Decretos Nº 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 modificado por su similar Nº 2488 de fecha 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley Nº 24.307 y Nº 475 del 8 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 914/2001 en su artículo 5º, inciso b) establece una reserva de UN MIL SEISCIENTAS OCHENTA (1.680) toneladas para PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE FRIGORIFICOS EXPORTADORES Y ASOCIACIONES DE CRIADORES y/o GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS.

Que es de gran interés para el país, promover e incentivar los emprendimientos de grupos de productores y/o asociaciones de criadores de razas bovinas, a través de la asignación de un cupo para Proyectos específicos de exportación.

Que en tal sentido, la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, debe reglamentar la modalidad de selección de nuevos Proyectos y determinar los parámetros a través de los cuales distribuirá este cupo, a fin de garantizar su transparente asignación, como así también determinar los criterios que se utilizarán para efectuar las respectivas evaluaciones de desempeño.

Que por lo tanto corresponde establecer los requisitos para la presentación de nuevos PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE FRIGORIFICOS EXPORTADORES Y ASOCIACIONES DE CRIADORES y/o GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS y la metodología de selección y evaluación, como así también los requisitos para la presentación de los Informes Cuatrimestrales de los Proyectos adjudicatarios y los criterios para su calificación, conforme los Anexos I, II y III de la presente resolución.

Que para ello, resulta indispensable proceder a la creación y conformación de un TRIBUNAL DE EVALUACION Y SELECCION DE LOS PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE FRIGORIFICOS EXPORTADORES Y ASOCIACIONES DE CRIADORES y/o GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS.

Que los miembros que se designen para conformar el mencionado Tribunal, desempeñarán funciones en carácter "ad-honorem".

Que debido al cierre temporal de los mercados, es necesario adoptar ciertas medidas que

permitan contemplar circunstancialmente la incidencia de dicha situación.

Que a los efectos de mantener una distribución equitativa, es necesario establecer una asignación máxima por Proyecto, previendo un mecanismo de adjudicación para los casos que la superen.

Que resulta procedente establecer las fechas de las presentaciones de la documentación para efectuar las evaluaciones cuatrimestrales, como así también las fechas y porcentajes de exportación de los cupos adjudicados y el régimen de penalización a su incumplimiento.

Que es necesario establecer para los nuevos Proyectos una cuota de acceso mínima y máxima, con un volumen que permita hacer viable la operatoria comercial de acuerdo a las características del Proyecto.

Que por lo tanto corresponde otorgar cuota a aquellos proyectos cuya evaluación de desempeño haya revelado un resultado satisfactorio durante los períodos considerados en la presente resolución, de conformidad con el Informe Final de fecha de 18 de enero de 2002 obrante a fojas 49/84 de las presentes actuaciones, asignando a cada grupo el tonelaje que surge del mencionado informe técnico aprobado por la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA. Y ALIMENTOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.

Que asimismo corresponde dar de baja a aquellos proyectos que han obtenido la calificación de "NO APROBADOS" en alguno de los DOS (2) períodos considerados, conforme el Informe Final anteriormente mencionado y de acuerdo a lo especificado en el Anexo V de la presente resolución.

Que atento las especiales circunstancias que afectan el mercado comunitario con relación a las exportaciones de Cuota Hilton y a fin de evitar que se profundice la crítica situación que atraviesa el sector y dada la urgencia en reanudar las exportaciones a la UNION EUROPEA resulta conveniente determinar en el mismo acto los parámetros y metodología de selección y distribución para el período comprendido entre el 1º de julio de 2001, y el 30 de junio de 2004 y la distribución correspondiente al período comprendido entre el 1º de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002 del mencionado cupo tarifario.

Que con respecto a los nuevos proyectos que resulten seleccionados, dado el exiguo lapso de tiempo que resta para finalizar el período 2001/2002, resulta aconsejable proceder a la adjudicación de dichos proyectos en el período siguiente, es decir 2002/2003.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002 y la Disposición DGAJ Nº 13 del 11 de abril de 2002.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 37 del Decreto Nº 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 modificado por su similar Nº 2488 de fecha 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley Nº 24.307 y el Decreto Nº 475 del 8 de marzo de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º

El cupo destinado a los PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE FRIGORIFICOS EXPORTADORES Y ASOCIACIONES DE CRIADORES Y/O GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS, correspondiente al período comprendido entre el 1º de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002, el 1º de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003 y el 1º de julio del 2003 y el 30 de junio del 2004, será distribuido por la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, en función a lo normado en la presente resolución.

Art. 2º

Para el período comprendido entre 1º de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002, el 1º de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003 y el 1º de julio del 2003 y el 30 de junio del 2004 la distribución se realizará de la siguiente forma:

  1. La incorporación de "Nuevos Proyectos" al sistema estará sujeta a la baja de los existentes en función de calificaciones negativas en sus evaluaciones cuatrimestrales de los últimos DOS (2) períodos, adjudicándose el tonelaje de los Proyectos dados de baja a aquellos nuevos Proyectos que reúnan los requisitos establecidos en el Anexo I de la presente resolución para ser adjudicatario en el llamado a concurso a realizarse a tal efecto.

    Para el período comprendido entre el 1º de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002 debido al exiguo lapso de tiempo que media entre el dictado de la presente resolución y el acto de selección, aquellos nuevos proyectos que resulten ser seleccionados, recibirán la respectiva adjudicación en el período comprendido entre el 1º de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003.

    Cada Proyecto nuevo podrá obtener una adjudicación mínima de TREINTA (30) toneladas y una adjudicación máxima de CINCUENTA (50) toneladas. Si existiese remanente disponible, el mismo pasará a engrosar el monto a distribuir de acuerdo a lo pautado en el inciso b) del presente artículo, a los efectos de permitir el crecimiento de los Proyectos que se encuentran en funcionamiento.

  2. El tonelaje restante luego de efectuar la reserva para la incorporación de nuevos grupos, se distribuirá entre los Proyectos que hayan obtenido la condición de "CALIFICADOS" en las DOS (2) evaluaciones anteriores a la adjudicación correspondiente de la siguiente manera:

    - Un mínimo igualitario de ONCE (11) toneladas para cada Proyecto.

    - El tonelaje restante, menos el mínimo...

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