Resolución 126/2002

Fecha de disposición04 Julio 2002
Fecha de publicación04 Julio 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29934

Ministerio de Economía Ministerio de Economía

y

Ministerio del Interior

CONTRATACIONES DEL ESTADO

Resolución Conjunta 126/2002 y 6/2002

Dase por prorrogado el plazo para el cumplimiento del cometido de la Comisión de Recepción que debe verificar el estado de cumplimiento de prestaciones a cargo de la firma contratista, en relación con la rescisión del contrato suscripto entre el Estado Nacional y Siemens It Services S.A. para la provisión de un Sistema Integral de Identificación de las Personas, Control Migratorio e Información Eleccionaria.

Bs. As., 25/6/2002

VISTO el Expediente N° 4448/02 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Decreto N° 669 del 18 de mayo de 2001, la Resolución N° 3 del MINISTERIO DE ECONOMIA del 2 de enero de 2001, la Resolución Conjunta N° 19 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 171 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA del 4 de junio de 2001 y la Resolución Conjunta N° 3 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 102 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA del 21 de febrero de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta N° 19 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 171 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA del 4 de junio de 2001 se conformó la Comisión de recepción prevista en el Anexo I, punto A, de la Resolución N° 3 del MINISTERIO DE ECONOMIA del 2 de enero de 2001, a los fines previstos en la mencionada norma y lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 669 del 18 de mayo de 2001 por el que se rescindió el contrato suscripto entre el ESTADO NACIONAL y la Empresa SIEMENS IT SERVICES SOCIEDAD ANONIMA para la provisión de un Sistema Integral de Identificación de las Personas, control Migratorio e Información Eleccionaria.

Que entre las funciones atribuidas a la mencionada Comisión se encuentran la de verificar el estado de cumplimiento de las prestaciones a cargo de la contratista, recepción de los equipos, instalaciones y útiles, y la estimación del monto de las inversiones que deberán ponderarse en la fijación del reintegro de gastos a la empresa.

Que ante la asunción de las nuevas autoridades del PODER EJECUTIVO NACIONAL, por la Resolución Conjunta N° 3 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y N° 102 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, con fecha 21 de febrero de 2002 se modificó la integración de la mentada Comisión de Recepción y se determinó un nuevo plazo para el cumplimiento de su cometido.

Que si bien el 22 de abril de 2002 venció el plazo de...

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