Resolución 446/2002
Fecha de disposición | 01 Julio 2002 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2002 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29931 |
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
PROGRAMA JEFES DE HOGAR
Resolución 446/2002
Reglamento Operativo de la Prestación de Formación Profesional del Componente de Formación del Programa Jefes de Hogar. Actores intervinientes. Prestaciones del Componente. Operatoria de la Prestación de Formación Profesional. Pago a instituciones formativas.
Bs. As., 26/6/2002
VISTO la Ley N° 18.910, la Ley de Ministerios N° 22.240 (t.o. por Decreto N° 438/92), y sus modificatorias, la Ley N° 24.013, los Decretos Nros. 165 de fecha 22 de enero de 2002 y 565 de fecha 3 de abril de 2002; el Expediente N° 1-2015-1058523-2002 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 165/02 declaró la Emergencia Ocupacional Nacional, hasta el día 31 de diciembre de 2002.
Que el Decreto N° 565/02 creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR destinado a jefes o jefas de hogar con hijos de hasta DIECIOCHO (18) años de edad, o discapacitados de cualquier edad, o a hogares donde la jefa de hogar o la cónyuge, concubina o cohabitante del jefe de hogar se hallare en estado de gravidez, todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.
Que asimismo el citado decreto prevé que el programa podrá hacerse extensivo a desocupados jóvenes y a mayores de SESENTA (60) años que no hubieran accedido a una prestación previsional.
Que el citado decreto confirió al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el carácter de Autoridad de Aplicación del Programa.
Que el PROGRAMA JEFES DE HOGAR tiene por objetivo propender a la inclusión social de aquellas familias que se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad y propiciar la incorporación de los mismos a la educación formal y/o su participación en acciones de capacitación que coadyuven a su futura reinserción laboral.
Que en consecuencia resulta necesario reglamentar las pautas generales y procedimientos para la participación de los beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR en acciones de formación profesional.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS y la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA ADMINISTRATIVA de esta Cartera de Estado han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la normativa indicada en el visto.
Por ello,
LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Apruébase el REGLAMENTO OPERATIVO de la PRESTACION DE FORMACION PROFESIONAL del COMPONENTE DE FORMACION del PROGRAMA JEFES DE HOGAR, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
Apruébanse los formularios de Solicitud de Inscripción, Solicitud de Autorización de vacantes, Orden de Derecho de Formación, Alta de Pagos, Autorización para acreditación de pagos en cuenta bancaria, Autorización para acreditación de pagos en cuenta especial LECOP, Rendición de Cuentas y Cuadro de valorización de acciones, que como Anexos II, III, IV, V, VIa, VIb, VII y VIII forman parte integrante de la presente.
El gasto que demande la ejecución de la presente será afectado a los créditos presupuestarios del Programa 23 - Acciones de Capacitación Laboral del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. - Graciela Camaño.
ANEXO I
Programa Jefes de Hogar
COMPONENTE DE FORMACION
PRESTACION DE FORMACION PROFESIONAL
Reglamento operativo
En pos de consolidar el Derecho Familiar de Inclusión Social, la implementación de la PRESTACION DE F.P. busca alcanzar los siguientes objetivos:
Promover una estrategia de inclusión social y de ampliación de la ciudadanía de los sectores más vulnerables de la comunidad.
Promover el acceso de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar a formación profesional.
Orientar la formación profesional a la demanda de los sectores de actividad económica, en el marco de las economías regionales.
Integrar competencias específicas y transversales que permitan la adaptación de los trabajadores a un entorno heterogéneo de posibilidades de reinserción laboral.
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Actores intervinientes
La PRESTACION DE F.P. implica una alta interacción entre distintos actores que podrán tener diferentes grados de participación en función del rol que asumirán para el logro de los objetivos planteados.
Seguidamente se detallan los mismos y las funciones centrales que tendrán.
1.1 Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional (DNOyFP)
Será la responsable operativa de la implementación de las acciones de la PRESTACION DE F.P.; sus funciones centrales serán:
Operacionalizar los acuerdos institucionales establecidos por la Subsecretaría de Orientación y Formación Profesional para la ejecución de la PRESTACION DE F.P.
Analizar la oferta formativa y la demanda sectorial para conformar la Oferta Formativa prioritaria de la PRESTACION DE F.P.
Promover una red de instituciones formativas y de servicios que garanticen un adecuado ajuste de la oferta formativa a las demandas reales del mundo del trabajo.
Identificar, recuperar y desarrollar las capacidades instaladas en los niveles regionales, provinciales y locales, en materia de formación de recursos humanos.
Proponer estándares de calidad para la oferta formativa en el marco de la PRESTACION DE F.P. e implementar las acciones de fortalecimiento institucional que resulten necesarias para alcanzar dicho estándar.
Entender en la implementación del seguimiento de beneficiarios, instituciones y acciones formativas y en la gestión de irregularidades, en coordinación con el CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION, EJECUCION Y CONTROL (CONAEYC) del Programa JEFES DE HOGAR.
Intervenir en la liquidación y pago a las instituciones de formación.
Auditar y aprobar las Rendiciones de Cuenta de las instituciones formativas.
Elevar a la SSOyFP la información agregada del seguimiento de los beneficiarios y de las acciones y de la gestión de la PRESTACION DE F.P. en general.
1.2 Coordinación Técnica y de Planeamiento / Dirección General de Coordinación Técnico Administrativa
Sus funciones principales serán:
Intervenir en el alta de los beneficiarios de la PRESTACION DE F.P.
Intervenir en la liquidación y pago a las instituciones formativas.
1.3 Gobiernos Provinciales
Su misión será generar las condiciones propicias para lograr una mejor implementación de las acciones de la PRESTACION DE F.P. y una efectiva vinculación entre la oferta y la demanda de mano de obra calificada; a estos efectos sus funciones centrales serán:
Aportar los recursos y la oferta formativa del Sistema Educativo Provincial para la atención de las prestaciones de la PRESTACION DE F.P.
Aportar elementos para el proceso de identificación de los sectores prioritarios en los que se concentrará la Oferta Formativa de la PRESTACION DE F.P.
Apoyar las tareas de detección de demandas y/o de intermediación laboral que se desarrollen en el marco de la PRESTACION DE F.P.
Difundir las características de las prestaciones, el alcance de la PRESTACION DE F.P. y el procedimiento de inscripción.
Intervenir en el seguimiento técnico-administrativo de las acciones formativas implementadas en el marco de la PRESTACION DE F.P.
Monitorear la operación general del PROGRAMA y de la PRESTACION DE F.P.
1.4 Gobiernos Municipales
Serán los actores institucionales responsables de la vinculación de los beneficiarios del Programa con las acciones de la PRESTACION DE F.P.; en este sentido, sus funciones centrales serán:
Orientar a los beneficiarios acerca de la PRESTACION DE F.P.
Difundir las características y el alcance de la PRESTACION DE F.P., y el procedimiento de inscripción.
Registrar e inscribir a los interesados en participar de las acciones formativas auspiciadas por la PRESTACION DE F.P.
Validar las solicitudes de inscripción a la oferta formativa y la disponibilidad de vacantes.
Tramitar ante las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral (GEyCL) la autorización de las vacantes de los postulantes a las acciones formativas.
Apoyar las tareas de detección de demandas y/o de intermediación laboral que se desarrollen en el marco de la PRESTACION DE F.P.
Apoyar la implementación más satisfactoria de las acciones de formación en su jurisdicción.
Intervenir en el seguimiento de instituciones y beneficiarios participantes de la PRESTACION DE F.P.
Monitorear por medio de los Consejos Consultivos la operación general del PROGRAMA y de la PRESTACION DE F.P.
1.5 Gerencias de...
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