Resolución 14198/2002

Fecha de disposición03 Junio 2002
Fecha de publicación03 Junio 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29912

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución 14.198

Bs. As., 23/5/2002

VISTO el expediente N° 446/2002 caratulado "BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES s/ Reforma Artículo 17, Reglamento de Cotización", y

CONSIDERANDO:

Que la reforma al artículo 17 del Reglamento para la Autorización, Suspensión, Retiro y Cancelación de la Cotización de Títulos Valores de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES fue aprobada en reunión del Consejo de esa Bolsa de Comercio del día 4 de Abril de 2002.

Que conforme lo opinado por la Gerencia de Intermediarios a fs. 17 y la Gerencia de Emisoras a fs. 20 no surgen observaciones que formular a la aprobación de la modificación propuesta.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 6° inciso e) de la Ley N° 17.811.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Conformar la reforma introducida al artículo 17 del Reglamento para la Autorización, Suspensión, Retiro y Cancelación de la Cotización de Títulos Valores de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, que fue aprobada en sesión del Consejo de esa entidad del día 4 de Abril de 2002, conforme texto que corre agregado a fs. 3/4.

ARTICULO 2°

Regístrese, notifíquese a la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, publíquese por la misma en el Boletín Oficial y en su órgano de publicaciones y archívese. - Dr. JORGE LORES, Director. - HUGO L. SECONDINI, Vicepresidente. - Lic. MARIA SILVIA MARTELLA, Directora. J. ANDRES HALL.

Anexo I

Bolsa de Comercio de Buenos Aires

Nuevo texto del artículo 17 del Reglamento de Cotización, aprobado por el Consejo y la Comisión de Títulos de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires:

Capítulo IV

Sujetos que pueden solicitar la cotización

Artículo 17.- Pueden solicitar la cotización en la Bolsa:

a) El emisor en el caso de las sociedades o asociaciones locales, o constituidas en el extranjero;

b) El emisor o la persona física o jurídica autorizada por éste, en el caso de valores públicos;

c) Las sociedades gerente y depositaria en caso de las cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados. Para las emisiones de...

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