Resolución 422/2002

Fecha de disposición31 Mayo 2002
Fecha de publicación31 Mayo 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29910

ADMINISTRACION NACIONAL ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 422/2002

Incorpórase a la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, a la operatoria de Descuentos a Favor de Terceras Entidades.

Bs. As., 27/5/2002

VISTO el Expediente N° 024-99-80628802-7-798 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Resolución D.E.-N. N° 230/99 y,

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud de códigos de descuentos formulada por la CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN, en virtud de su nota de fecha 21 de diciembre de 2000, y su reiteración de fecha 09 de mayo de 2001. En ellas, peticiona su incorporación al sistema de descuentos a favor de terceras entidades, bajo el régimen establecido por la Resolución DE-N N° 230/99.

Que al expediente referido en el VISTO se le agregó toda la documentación presentada por la entidad, la que acredita que la CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN cumple con todos los recaudos exigidos por la Resolución D.E.-N. N° 230/ 99; adecuándose su estructura a la de las entidades detalladas en el art. 2° de la norma ya mencionada.

Que por Resolución D.E.-N. N° 443/01 se otorgaron códigos de descuento a otra entidad que había formulado la petición en idéntica forma que la CAJA citada en los Considerandos precedentes.

Que dicha Resolución debe considerarse como la norma que reanuda el otorgamiento de códigos, suspendido a partir del día 06 de marzo de 2000, por cuanto tuvo como esenciales fundamentos la falta de reglamentación del Decreto N° 1099/00, y el dictado de la Resolución D.E.-N. N° 121/00, que pone las cosas en el estado anterior -vigencia de la Resolución D.E.-N. N° 230/99- hasta tanto se elabore la aludida reglamentación. En atención a ello, no existe justificación alguna para asumir urja decisión contraria en el caso.

Que de conformidad con el art. 7° inc. "d" de la Ley de Procedimientos Administrativos, el área de asesoramiento permanente de esta Administración -Gerencia de Asuntos Jurídicos - ha tomado la intervención de su competencia.

Que, en consecuencia, procede dictar el correspondiente acto administrativo.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991 y el Artículo 36 de la Ley N° 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION...

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