Resolución 1088/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2010

Viernes 10 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.984 69 razón por la cual ambas partes acuerdan discutir el tema dentro del plazo de los próximos QUINCE (15) dÃas.

1.2. Los contratos son inclusivos de: dobles y ulteriores citaciones, excedentes de grabación, viáticos, grabaciones en piso y en exteriores, racontos, esquicios y repeticiones en interior y exterior.

1.3 BOLOS MINIMOS: Se pactan valores desde el 1/1/10 al 31/3/10 y desde e! 1/4/10 al 31/12/10

VALOR REPETICIONES TOTAL UNITARIO Ene-10 Ene-10 Ene-10

15’ $19 $111 $130

30’ $113 $111 $224

60” $414 $111 $525

90’ $475 $111 $586

120 $547 $111 $658

Especial $839 $111 $950

VALOR REPETICIONES TOTAL UNITARIO Abr-10 Abr-10 Abr-10

15’ $23 $126 $149

30’ $130 $126 $256

60’ $474 $126 $600

90’ $544 $126 $670

120 $626 $126 $752

Especial $960 $126 $1.086

VALOR REPETICIONES TOTAL TIRA Ene-10 Ene-10 Ene-10

15’ $74 $111 $185

30’ $104 $111 $214

60’ $239 $111 $350

VALOR REPETICIONES TOTAL TIRA Abr-10 Abr-10 Abr-10

15’ $84 $126 $210

30’ $118 $126 $244

60’ $274 $126 $400

Los valores referenciados en los cuadros precedentes corresponden al horario diario efectivo de grabación establecido para cada formato en el ArtÃculo 47 del CCT 322/75, más excedentes con excepción al programa unitario de 60’ minutos de duración cuya jornada de grabación será 6,25 horas más excedentes. Se contempla hasta 30’ previos para maquillaje, vestuario, etc. Los nuevos valores incluyen Repetición Interior y Exterior. La jornada total de grabación no podrá exceder de 12 horas continuadas.

EXCEDENTES UNITARIO TIRA UNITARIO TIRA DURACION Ene-10 Ene-10 Abr-10 Abr-10

30’ $53 $27 $61 $30

60’ $105 $64 $120 $74

90’ $186 $98 $213 $112

120’ $238 $126 $272 $144

150’ $291 $155 $333 $178

180’ $349 $190 $398 $218

210’ $399 $214 $456 $245

240’ $456 $253 $522 $290

270’ $530 $273 $606 $312

300’ $586 $308 $670 $352

330’ $638 $344 $729 $394

360’ $691 $372 $790 $426

TOPE DE GRABACION POSTERGADA REPETICION CAPITAL Ene-10 Abr-10 Ene-10 Abr-10

TIRA $245 $280 TIRA $245 $280

UNITARIO $455 $520 UNITARIO $455 $520

Ene-10 Abr-10

INVITADO $218 $250

INVITADO PROTAGONISTA $438 $501

DIRECTORES DE PUESTA EN ESCENA UNITARIO TIRA DURACION Ene-10 Abr-10 DURACION Ene-10 Abr-10

60’ $595 $680 30’ $403 $461

90’ $706 $806 60’ $504 $576

120’ $813 $929

Se considera Invitado Protagonista a aquel actor que participa como unido invitado de un programa durante toda la duración del mismo Segundo: Las diferencias de pago que surjan por la aplicación de los nuevos valores correspondientes al perÃodo 10 de enero al 30 de abril de 2010 serán abonados a la Asociación Argentina de Actores juntamente con la liquidación de la segunda quincena del mes de mayo de 2010.

Tercero:Las partes se comprometen a avanzar de modo concreto y durante el término de vigencia del presente compromiso, en la discusión del CCT 322/75, con un temario a acordar previamente.

Cuarto: Las partes acuerdan que, en mérito al acuerdo alcanzado y a su proyección temporal, durante dicho lapso de vigencia mantendrán la paz social procurando dirimir por vÃa de negociación cualquier dificultad que se plantee con motivo de la interpretación del mismo.

Asimismo, manifiestan que el acuerdo alcanzado se realiza en el marco del CCT 322/75. En este estado, las partes manifiestan su solicitud de homologación. En uso de la palabra, la representación gremial manifiesta que de acuerdo a la modalidad con que se viene negociando los distintos acuerdos en este expediente, oportunamente se entablará una negociación y un acuerdo con Radio y Televisión Argentina S.A. y se presentará para su homologación en este Ministerio.

En este estado, no siendo para más a las 13.15 hs, se da por finalizado el presente acto, firmando los comparecientes al pie de la presente en señal de conformidad, por ante mà que asà lo CERTIFICO.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º1088/2010

Registro N'º1126/2010

Bs. As., 4/8/2010

VISTO el Expediente N'º1.383.635/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º25.877, el Decreto N'º900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA y la ASOCIACION DE DISTRIBUIDORES DE ESPECIALIDADES MEDICINALES, obrante a fojas 3/5 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traÃdo a estudio incrementa los sueldos básicos mensuales...

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