Resolución 343/2002
Fecha de la disposición | 31 de Marzo de 2003 |
Ministerio de Trabajo, Empleo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO
Utilización hasta el 31 de marzo de 2003 de los beneficios sociales comprendidos en el artículo 103 bis de la Ley N° 20.744. Inclusión de productos que podrán ser adquiridos mediante los vales otorgados por medio de empresas habilitadas por la autoridad de aplicación.
Bs. As., 29/4/2002
VISTO el artículo 103 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, incorporado por Ley N° 24.700, el Decreto N° 815 de fecha 20 de junio de 2001, la Resolución del ex MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 205 de fecha 10 de abril de 1990 y la Resolución del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS N° 335 de fecha 29 de junio de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 24.700 se agregó como artículo 103 bis del Régimen de Contrato de Trabajo establecido por Ley N° 20.744 (t.o. 1976 y sus modificatorias) una serie de beneficios sociales entre los que se encuentran, en su inciso c), los vales alimentarios y canastas de alimentos otorgados a través de empresas habilitadas por la autoridad de aplicación hasta un tope máximo de una VEINTE POR CIENTO (20%) de la remuneración bruta del trabajador comprendido en convenio colectivo de trabajo y hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) en el caso de trabajadores no comprendidos.
Que dichas prestaciones reconocen como antecedente su incorporación al citado ordenamiento mediante el Decreto N° 1477/89, posteriormente derogado por el Decreto N° 773/96, también dejado sin efecto por la Ley N° 24.700, y que fuera reglamentado por la Resolución del ex MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 205/90.
Que esta última norma determinó en su artículo 1° la nómina de productos a los que se puede acceder mediante las cajas de alimentos y vales alimentarios.
Que a través del Decreto N° 815/01 se dispuso, con carácter de necesidad y urgencia, incrementar, hasta el día 31 de marzo de 2003, el monto de los beneficios sociales brindados a través del mecanismo previsto en el inciso c) del artículo 103 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976 y sus modificatorias) a favor de los trabajadores en relación de dependencia, facultando a la autoridad de aplicación a extender este incremento a la adquisición de otros bienes y servicios.
Que por la Resolución ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS N° 335/01...
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