Resolución 105/2002

Fecha de disposición18 Abril 2002
Fecha de publicación18 Abril 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29880

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución Nº 105/2002

Bs. As., 12/4/2002

VISTO el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 0073/00, la Ley Nº 24.557, el Decreto Nº 717 de fecha 28 de Junio 1996, el Decreto Nº 491 de fecha 29 de mayo de 1997, la Resolución conjunta S.R.T. Nº 31 y SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N). Nº 24.178 de fecha 2 de Mayo de 1997, la Resolución S.R.T. Nº 15 de fecha 11 de febrero de 1998, la Resolución S.R.T. Nº 521/01 y

CONSIDERANDO:

Que el inciso f) apartado 1 del artículo 36 de la Ley Nº 24.557 establece como una de las funciones de esta SUPERINTENDENCIA, registrar los datos relevantes referentes a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a los efectos de mantener el Registro Nacional de Incapacidades Laborales.

Que en cumplimiento de lo mencionado en el considerando precedente se ha dictado la Resolución SRT Nº 15/98 que crea el Registro de Siniestros y establece los parámetros normativos y técnicos para el envío de la información por parte de las aseguradoras y empleadores autoasegurados a esta S.R.T.

Que asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) apartado 1 del artículo 36 de la Ley Nº 24.557, se ha dictado la Resolución S.R.T. Nº 521/01, que aprueba la ampliación y modificación de la estructura de datos del Registro establecido por la Resolución SRT Nº 15/98, de acuerdo con lo especificado en su ANEXO I.

Que contra la aludida Resolución S.R.T. Nº 521/01, la UART (Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo) y varias Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, interpusieron recursos de revisión, cuestionando puntualmente la calificación de "falta grave'', prevista en el punto 5 del Anexo I de dicha Resolución.

Que con relación al cuestionado punto 5 del Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 521/01, que califican como "falta grave" a diversas conductas de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, la Subgerencia de Procesos e Información recomendó dictar una Resolución modificatoria de dicho punto, en razón de considerar conveniente reservar la calificación de las faltas para otra norma que establezca un marco sancionatorio integral.

Que la Gerencia de Control y Auditoría, prestó su conformidad a la modificación propuesta, señalando que la misma no altera en modo alguno el procedimiento para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR