Resolución 304/2002

Fecha de disposición25 Marzo 2002
Fecha de publicación25 Marzo 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29865

Comisión Nacional de Regulación Comisión Nacional de Regulación del Transporte

TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS

Resolución 304/2002

Presentación voluntaria de operadores para cancelar deudas con la C.N.R.T. en concepto de multas aplicadas e infracciones constatadas o denuncias. Regularización de deudas por la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte.

Bs. As., 21/3/2002

VISTO el Expediente Nº 7011/2001 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9º del Decreto Nº 1395 de fecha 27 de noviembre de 1998, modificado por su similar Nº 141 de fecha 9 de febrero del año 2001 autorizó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE a aprobar un régimen de presentación voluntaria para los operadores del servicio de transporte por automotor de pasajeros de jurisdicción nacional a fin de que cancelen las deudas que mantenían al 31 de julio del año 2000, con la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, en concepto de multas aplicadas e infracciones constatadas o denuncias, en las que no efectivizaron en tiempo y forma el pago voluntario.

Que la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE Nº 24 de fecha 16 de abril del año 2001, es el marco regulatorio del sistema de presentación voluntaria aludida.

Que, la Resolución de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Nº 4 de fecha 30 de abril del año 2001 aprobó las Normas Operativas e Instrumentales del Régimen de Presentación Voluntaria establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1395 de fecha 27 de noviembre de 1998, modificado por su similar Nº 141 de fecha 9 de febrero del año 2001 y por la Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE Nº 24/01.

Que la Ley Nº 25.561, en su Artículo 1º declaró, la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.

Que corresponde, en consecuencia, reabrir el plazo para la presentación al precitado Régimen.

Que, asimismo, cabe determinar que el operador que mantenga a la fecha de apertura del expediente de Presentación Voluntaria deuda en concepto de TASA NACIONAL DE FISCALIZACION DEL TRANSPORTE deberá regularizar su situación so pena de tenerlo por desistido, archivándose sin más trámite la actuación administrativa.

Que la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS ha tomado intervención en orden a su competencia.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete, de acuerdo a lo establecido en el...

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