Resolución 233/2002

Fecha de disposición11 Marzo 2002
Fecha de publicación11 Marzo 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29855

Ministerio de Trabajo, Empleo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES

Resolución 233/2002

Constitución del Registro nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE). Autoridades que representan a los sectores gremial y empresarial. Designación de los Síndicos Titulares y Suplentes a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Bs. As., 6/3/2002

VISTO las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley Nº 25.191, y la solicitud de constitución del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), formulada por la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.) con domicilio en la calle Reconquista Nº 630, 6º piso, la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA (S.R.A.) con domicilio en Florida Nº 460, las CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (C.R.A.) con domicilio en México Nº 628, 2º Piso, la FEDERACION AGRARIA ARGENTINA (F.A.A.) con domicilio en Piedras, Nº 383, 2º Piso y la CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA (CONINAGRO) con domicilio en Lavalle Nº 348, 4º Piso, todos domiciliados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que, con la promulgación de la Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/2001; queda declarado obligatorio el uso de la Libreta de Trabajo del Trabajador Rural y creado el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Capítulo II, artículo 7º de la Ley Nº 25.191).

Que, conforme lo establece el Capítulo II, artículos 8º y 9º de dicha Ley, la Dirección y Administración del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), será llevada a cabo por un Directorio, integrado por CUATRO (4) Directores Titulares y cuatro Suplentes en representación de entidades empresarias de la actividad y, CUATRO (4) Directores Titulares y CUATRO (4) Suplentes provenientes de la Asociación de Trabajadores Rurales con personería gremial, con mayor representación nacional de la actividad, correspondiendo a las mencionadas entidades la designación de los mismos, como así también la designación de quien desempeñará la primera presidencia del RENATRE, en la primera sesión del nuevo Organismo, siendo en este caso, un representante de la entidad sindical.

Que, según surge del artículo 8º in fine de la Ley Nº 25.191 y el artículo 14 del Decreto Nº 453/2001, corresponde al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la designación de...

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