Resolución 139/2002

Fecha de disposición04 Marzo 2002
Fecha de publicación04 Marzo 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29850

INFOLEG Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

ARANCELES

Resolución 139/2002

Modifícase el régimen de aranceles vigente que deben percibir los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor, con la finalidad de adecuarlos a los valores actuales de los automotores y evitar situaciones de inequidad surgidas a partir de la derogación de franquicias otorgadas a la industria automotriz con motivo de los Planes de Competitividad acordados con el sector.

VISTO el expediente N° 132.824/02 del Registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Anexo I de la Resolución M.J. N° 1513 del 9 de diciembre de 1993, sustituido por Resolución M.J. N° 248/94 y modificado por Resoluciones S.A.R. Nros. 303/95, 103/95, 131/95, 307/95, 330/95, 170/96 y por Resoluciones S.J. Nros. 49 del 11 de agosto de 1997 y 178 del 10 de octubre del mismo año, y Disposiciones S.S.J. Nros. 14 del 22 de enero de 1998, 101 del 3 de noviembre de 1998, 35 del 29 de abril de 1999, 45 del 2 de junio de 1999, 56 del 1° de julio de 1999, 59 del 16 de julio de 1999, 79 del 14 de octubre de 1999 y 89 del 2 de diciembre de 1999 y Disposición S.S.J. y A.L. N° 28 del 28 de abril de 2000 y Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 681 del 21 de julio de 2000 y 491 del 11 de junio de 2001, se fijaron los aranceles que deben percibir los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor.

Que los aranceles actualmente vigentes fueron fijados en el marco de la Ley de Competitividad a fin de incentivar la venta de automotores.

Que ese objetivo no fue alcanzado, tal como lo demuestran las estadísticas de inscripciones iniciales y transferencias elaboradas por la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS.

Que, por otra parte, el Decreto N° 1676/2001 dejó sin efecto las franquicias otorgadas a la industria automotriz con motivo de los Planes de Competitividad acordados con ese sector.

Que asimismo, los mecanismos adoptados para el cálculo de los aranceles vigentes no resultan acordes a los valores actuales de los automotores y generan situaciones de inequidad manifiestas que deben corregirse a la mayor brevedad.

Que ante tal circunstancia resulta necesario introducir modificaciones en el régimen de aranceles vigentes, contemplando en primer término las situaciones señaladas en el párrafo precedente. Ello, sin perjuicio de continuar el análisis de la totalidad de los aspectos vinculados a esta materia, a fin de aprobar -en una segunda etapa- una reforma integral de ese régimen que posibilite un rápido y certero conocimiento del costo final del trámite por parte del usuario -hoy dificultoso en virtud de las numerosas normas a aplicar para su determinación- y que constituya a su vez el justo costo del servicio brindado por los...

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