Resolución 154/2002
Fecha de disposición | 19 Febrero 2002 |
Fecha de publicación | 19 Febrero 2002 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29841 |
Servicio Nacional de Sanidad Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
SANIDAD ANIMAL
Resolución 154/2002
Establécese una norma específica para la provisión de los estándares de referencia de los marcadores de residuos de drogas veterinarias y otra para los productos anabolizantes hormonales. Derógase la Resolución Nº 441/ 2001.
Bs. As., 14/2/2002
VISTO el expediente Nº 14.866/2001 y la Resolución Nº 441 del 4 de octubre de 2001, ambos del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el Visto, se establecieron las obligaciones de provisión de estándares de referencia de los marcadores de residuos, a los patrocinantes de drogas veterinarias que se comercialicen solas o formando parte de formulaciones de productos veterinarios.
Que asimismo, la mentada Resolución establece la prohibición de uso, en especies animales destinadas a consumo humano, de productos anabolizantes hormonales que se administren en forma inyectable y, en su artículo 9º dispone la suspensión de los certificados de uso y comercialización de los productos anabolizantes hormonales administrados como implante subcutáneo, hasta tanto se apruebe un sistema de seguimiento y control de su utilización.
Que las propuestas inherentes a dicho sistema, así como la propuesta final y su aprobación, tramitan por Expediente Nº 19.177/ 2001 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que a efectos de mejor proveer, se hace necesario ordenar lo dispuesto por la Resolución citada en el Visto, generando los actos administrativos correspondientes.
Que el ordenamiento expresado implica el dictado de una norma específica, para la provisión de los estándares de referencia de los marcadores de residuos de drogas veterinarias y otra para los productos anabolizantes hormonales.
Que en este orden de ideas, se ha estimado metodológicamente apropiado derogar la Resolución SENASA Nº 441/2001, emitiendo con los mismos fundamentos nuevas reglamentaciones en la materia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de las facultades establecidas en el artículo 8º, inciso n) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 394 del 1º de abril de 2001.
Por ello
EL PRESIDENTE DEL...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba