Resolución 1206/2002
Fecha de disposición | 25 Enero 2002 |
Fecha de publicación | 25 Enero 2002 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29824 |
Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General 1206
Procedimiento. Ingreso de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Utilización de cajeros automáticos. Resolución General N° 3847 (DGI), sus modificatorias y complementarias. Norma modificatoria. Resolución General N° 4319 (DGI). Su sustitución.
Bs. As., 24/1/2002
VISTO la Ley N° 25.561 y el Decreto N° 1570 de fecha 1 de diciembre de 2001 y sus modificatorios, así como las disposiciones para el pago mediante cajeros automáticos contenidas en las Resoluciones Generales N° 3847 (DGI), sus modificatorias y complementarias, y N° 4319 (DGI), y
CONSIDERANDO:
Que las restricciones dispuestas en materia bancaria, afectan el proceso de cancelación de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social por parte de los contribuyentes y/o responsables, mediante la utilización de los medios de pago previstos hasta el presente.
Que atento a lo expuesto, se estima conveniente complementar las normas resolutivas dictadas en materia de pago, habilitando la utilización de cajeros automáticos a fin de ampliar el universo de obligaciones alcanzadas con esa modalidad de cancelación.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Los contribuyentes y/o responsables, que no se encuentren comprendidos en los sistemas diferenciados de control dispuestos por las Resoluciones Generales N° 3282 (DGI) y N° 3423 (DGI) -Capítulo II-, sus respectivas modificatorias y complementarias, podrán cancelar las obligaciones que se detallan en el anexo de la presente, en cualquiera de los cajeros automáticos habilitados por las redes Banelco o Link.
Los trabajadores autónomos deberán, para ingresar sus aportes mediante el uso de cajeros automáticos, observar lo dispuesto en la Resolución General N° 3847 (DGI), sus modificatorias y complementarias.
El ingreso...
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