Resolución 585/2000

Fecha de disposición30 Junio 2000
Fecha de publicación30 Junio 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29430

INFOLEG Administración Nacional de la Seguridad Social

ASIGNACIONES FAMILIARES

Resolución 585/2000

Normas para los empleadores que decidan ingresar al Pago Directo de Asignaciones Familiares.

Bs. As., 27/6/2000

VISTO el expediente 024-99-80556839-5-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); la Ley Nº 19.722; la Ley Nº 22.161; la Resolución DE Nº 488/2000; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado.

Que sin perjuicio de lo expuesto cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador.

Que resulta necesario proceder a la actualización del procedimiento de incorporación al Sistema mencionado.

Que la Resolución DE Nº 488/00 modifica el procedimiento para la liquidación de las asignaciones familiares a los beneficiarios del Sistema de Pago Directo.

Que a los efectos de evitar un alto impacto operativo al momento de incorporar a los distintos empleadores al Sistema de Pago Directo resulta conveniente establecer un cronograma en relación con los pedidos formulados.

Que la Ley Nº 22.161 establece un régimen de infracciones por incumplimiento de las condiciones y los requisitos del Régimen de Asignaciones Familiares.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º

Los empleadores que desarrollen actividades que se encuentren incorporadas al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares y las que en el futuro se incorporen deberán dar cumplimiento a las...

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