Resolución 279/2000

Fecha de disposición15 Junio 2000
Fecha de publicación15 Junio 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29420

63388 Ir al texto actualizado

Secretaría de Defensa de la Competencia y del Consumidor y Secretaría de Industria, Comercio y Minería

METROLOGIA LEGAL

Resolución Conjunta 279/2000 y 86/2000

Reglamentación de los requisitos técnicos y metrológicos que deben cumplir los instrumentos de pesar, de funcionamiento no automático para pesar vehículos por ejes.

Bs. As., 9/6/2000

VISTO el Expediente Nº 064-004960/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 19.511 facultan a la autoridad de aplicación al dictado de especificaciones y tolerancias para los instrumentos de medición, y la tenencia y uso obligatorio de acuerdo con actividades y categorías.

Que el decreto Nº 79 del 22 de enero de 1998, reglamentario de la Ley Nº 24.449 denominada de Tránsito, en el artículo 1º, Punto 6, estableció que los instrumentos a ser utilizados para efectuar los controles de peso de los vehículos deben cumplir con la legislación vigente en la materia.

Que a fin de dar cumplimento al control establecido en la norma citada en el considerando anterior, se hace necesario la utilización de instrumentos de medición que permitan cumplir con el objetivo buscado.

Que para ello es necesario establecer las características particulares que deben cumplir esos instrumentos de medición.

Que atento a ello, la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA estiman que deben reglamentarse los requisitos técnicos y metrológicos que deben cumplir esos instrumentos de medición.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º de la Ley Nº 19.511 de Metrología Legal y los Decretos Nº 929 del 26 de diciembre de 1973, Nº 1183 del 12 de noviembre de 1997 y Nº 20 del 13 de diciembre de 1999.

Por ello,

EL SECRETARIO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEL CONSUMIDOR Y LA SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVEN:

Artículo 1º

Los instrumentos de pesar, de funcionamiento no automático para pesar por ejes, deberán cumplir con la reglamentación metrológica y técnica establecida por la Resolución ex S.E.C. y N.E.I. Nº 2307/80 y con el ANEXO I que en CINCO (5) planillas forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º

Facúltase a la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR...

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