Resolución 858/2000
Fecha de disposición | 14 Junio 2000 |
Fecha de publicación | 14 Junio 2000 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29419 |
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General 858/2000
Procedimiento. Decreto Nº 618/97, artículos 4º y 9º. Efecto vinculante de las consultas. Resolución General Nº 182. Su sustitución.
Bs. As., 8/6/2000
VISTO la Resolución General Nº 182, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha norma se reglamentó un régimen de consulta vinculante, en sustitución del instaurado mediante Resolución General Nº 49, lo cual ha permitido lograr renovada experiencia en la materia.
Que los nuevos elementos de juicio reunidos tornan aconsejable introducirle modificaciones al citado régimen, con la finalidad de brindar mayor seguridad jurídica a los sujetos comprendidos en el mismo, así como obtener un adecuado resguardo de los intereses fiscales.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Asesoría Legal y de Asesoría Técnica.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Créase un régimen optativo de consultas en materia técnico-legal, que surtirá efectos vinculantes para la Administración Federal de Ingresos Públicos y para los consultantes.
La consulta y su respectiva respuesta vincularán exclusivamente a las partes y con relación al caso estrictamente consultado, sin que sus alcances puedan ser invocados por terceros ni extenderse a otros supuestos iguales o similares.
Podrán solicitar la consulta prevista en el artículo anterior, los contribuyentes y responsables comprendidos en los artículos 5º y 6º de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, así como los sujetos que presenten proyectos de inversión a realizarse en el país.
La consulta deberá versar acerca de la determinación de los impuestos y/o los...
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