Resolución 204/2000

Fecha de disposición10 Mayo 2000
Fecha de publicación10 Mayo 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29395

Secretaría de Industria, Comercio y Minería Ir al texto actualizado

Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA

Resolución 204/2000

Normas a las que deberán ajustarse las empresas interesadas en acceder a los beneficios previstos en la Resolución Nº 256/2000 del Ministerio de Economía.

Bs. As., 5/5/2000

VISTO el Expediente nº 061-004582/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000.

CONSIDERANDO

Que la Resolución Nº 256/2000 del MINISTERIO DE ECONOMIA instituyó el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión.

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA ha sido designada como Autoridad de Aplicación del Mencionado Régimen.

Que se considera apropiado utilizar los nuevos medios de difusión general con que cuenta el Estado Nacional para favorecer la realización de grandes inversiones mediante su acercamiento con la oferta local.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en función de lo previsto en el Artículo 8º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 256/2000.

Por ello

LA SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º

Las empresas interesadas en acceder a los beneficios previstos en la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 256/2000, deberán tramitar sus presentaciones de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución.

Art. 2º

El trámite deberá iniciarse ante la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, sita en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja Sector 12, en original y TRES (3) copias, dirigido a la DIRECCION NACIONAL DE GESTION COMERCIAL EXTERNA de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA. La solicitud deberá contener los datos y documentos que se requieren en la presente Resolución y todas sus fojas deberán estar autenticadas por el presentante.

Art. 3º

Simultáneamente, deberá efectuarse una presentación ante la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, a efectos de que la misma verifique y determine la correcta clasificación arancelaria de los bienes a ser importados. En caso que la empresa opte, además por el Régimen de Envíos Escalonados (conforme a lo dispuesto en la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1243 del 28 de octubre de 1992, modificada por su similar Nº 924 del 17 de julio de 1996 y su reglamentaria Resolución de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS Nº 45 del 6 de enero de 1993), deberá indicarlo en dicha solicitud.

Art. 4º

A fin de definir lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 256/2000 se considerará que un proyecto cumplirá con los requisitos de mejoramiento de la competitividad cuando reúna una o más de las siguientes condiciones:

  1. Reducción de los costos de producción;

  2. Incremento de la productividad;

  3. Incorporación de tecnología de última generación;

  4. Mejoramiento de la calidad.

En el caso de las empresas que no hayan realizado actividades productivas en el pasado reciente, el proyecto deberá exhibir prácticas productivas acordes a los estándares internacionales aceptados.

Art. 5º

La presentación de información y documentación referida a los datos generales de la empresa, actividad desarrollada, antecedentes de los socios y otros representantes de aquellas, se cumplimentará integrando el Anexo I de la presente Resolución.

Asimismo, se deberá aportar fotocopias de los Estatutos, del Acta de Directorio con la última distribución de cargos, del poder conferido al presentante (de corresponder) y la constancia de inscripción ante la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA...

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