Resolución 248/2000

Fecha de disposición13 Abril 2000
Fecha de publicación13 Abril 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29379

Ministerio de Economía Ministerio de Economía

PRIVATIZACIONES

Resolución 248/2000

Amplíase el plazo de prórroga dispuesto en la Resolución Nº 382/99-MEYOSP, a consecuencia de no haberse definido aún aspectos de la operatoria del seguro de vida colectivo obligatorio para todo el personal del Estado, que no se encuentran previstos en el Decreto Nº 1158/98.

Bs. As., 24/3/2000

VISTO el Expediente Nº 080-000906/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA; la Ley Nº 13.003 (t.o. por Decreto Nº 1548/77) y sus normas reglamentarias; los Decretos Nº 2715 del 29 de diciembre de 1993 y Nº 1158 del 1º de octubre de 1998; y las Resoluciones del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 256 del 21 de febrero de 1994, Nº 413 bis del 27 de marzo de 1995, Nº 292 del 20 de septiembre de 1995, Nº 231 del 26 de septiembre de 1996, Nº 358 del 26 de marzo de 1997, Nº 400 del 30 de marzo de 1998 y Nº 382 del 29 de marzo de 1999; y

CONSIDERANDO:

Que durante el proceso de privatización de la ex CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO, se revisaron los regímenes especiales donde la misma intervenía en su carácter de organismo estatal, dando lugar al Capítulo II del Decreto Nº 2715 del 29 de diciembre de 1993: "Reordenamiento de las normas que rigen la actividad de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO".

Que el citado decreto, en su artículo 14, al referirse a la Ley Nº 13.003 (t.o. por Decreto Nº 1548/77) y sus normas reglamentarias, que instituyen el seguro de vida colectivo obligatorio para todo el personal del Estado, dispuso que se mantenga el actual régimen, pero administrado por una firma privada, por cuenta y orden del ESTADO NACIONAL, como es la CAJA DE SEGUROS DE VIDA SOCIEDAD ANONIMA, continuadora de la ex CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO en el ramo seguros de vida.

Que tal administración se rige por lo establecido en el Contrato de Operatoria de Seguros celebrado entre el ESTADO NACIONAL y la CAJA DE SEGUROS DE VIDA SOCIEDAD ANONIMA, aprobado por el artículo 16 de la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 256 del 21 de febrero de 1994, cuyo plazo expiraba el 31 de marzo de 1995.

Que al vencimiento de dicho plazo debía llamarse a un procedimiento competitivo con el objeto de adjudicar la administración del servicio de seguro de vida colectivo obligatorio para el personal del Estado.

Que con motivo de no encontrarse creadas las condiciones que posibilitaran la...

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