Resolución 64/2000

Fecha de disposición15 Marzo 2000
Fecha de publicación15 Marzo 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29358

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

SECRETARIA DE HACIENDA

Resolución Nº 64/2000

Buenos Aires, 2/3/2000

VISTO, el Expediente 080-000480/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 11.672 "Complementaria Permanente de Presupuesto" (t.o. 1999), la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 66 de fecha 11 de febrero de 2000 y las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 20 y Nº 49 fechadas 9 de febrero de 2000 y 21 de febrero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 20/2000 se aprobó el mecanismo de canje de ciertos títulos públicos por BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO con vencimientos en los años 2003 y 2005, emitidos en el marco del Decreto Nº 340/96.

Que por el artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 66/2000, se dispuso la emisión de "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 11,75% 2003" por un VALOR NOMINAL DE HASTA DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL OCHOCIENTOS MILLONES (V.N. U$S 1.800.000.000) de los cuales se afectaron al canje un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS (V.N. U$S 1.381.224.386) y se afectaron como suscripción en efectivo un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS TRES MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS (V.N. U$S 303.714.166).

Que por el artículo 2º de la misma Resolución se emitieron los "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 12,125% 2005" por un VALOR NOMINAL DE HASTA DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 1.850.000.000), de los cuales se afectaron al canje VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO DIEZ (V.N. U$S 1.641.749.110) y se afectaron como suscripción en efectivo VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (V.N. U$S 121.892.250).

Que por el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 49/2000 se afectaron un total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON SETECIENTOS MIL (V.N. 1.700.000) de los "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 12,125% 2005" a la colocación por efectivo de los Creadores de Mercado por el DIEZ POR CIENTO (10%) adicional.

Que por el artículo 2º de la Resolución mencionada en el considerando anterior se afectaron un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL SESENTA (V.N. U$S 5.780.060) de los "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 11,75% 2003" y por el artículo 3º de la misma, se afectaron un total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO (V.N. U$S 3.631.851) de los "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 12,125% 2005", al canje de título elegibles cuyas ofertas, que por problemas técnicos, no fueron interpretadas como válidas por el sistema MAESOP de recepción de ofertas al momento de la apertura de la licitación.

Que se ha decidido extender el canje de los títulos elegibles por "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 11,75% 2003" o "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 12,125% 2005", a los pequeños y medianos inversores de esos instrumentos cuyas tenencias en CAJA DE VALORES S.A. al 1 de febrero de 2000 no superen el monto de VALOR NOMINAL ORIGINAL DE PESOS o DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL (V.N. $ o U$S 100.000), a los mismos precios de la licitación, desde el 17 de febrero de 2000 hasta el 23 de febrero de 2000 inclusive.

Que asimismo se entendió conveniente permitir que, los pequeños y medianos inversores que presenten ofertas para canjear, obtengan el derecho de adquirir los "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 11,75% 2003" o "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 12,125% 2005", mediante la suscripción en efectivo, hasta un TREINTA POR CIENTO (30%), del monto total de valor nominal de los nuevos bonos adquiridos en canje.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 11.672 "Complementaria Permanente de Presupuesto" (t.o. 1999).

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébase el mecanismo de canje para los tenedores minoristas que figura descripto en el convenio celebrado con la CAJA DE VALORES S.A. y cuya copia obra como Anexo a la presente Resolución.

ARTICULO 2º

Reconózcase a la CAJA DE VALORES S.A. en concepto de gastos y comisiones, como agente para realizar la operación aprobada por el artículo 1º de la presente, un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL (U$S 50.000).

ARTICULO 3º

Aféctase un total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO (V.N. U$S 3.166.324) de los instrumentos denominados "BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO 11,75% 2003", emitidos por el articulo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 66 de fecha 11 de febrero de 2000, al canje de...

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