Resolución 799/2000

Fecha de disposición14 Marzo 2000
Fecha de publicación14 Marzo 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29357

Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 799/2000

Puesta a disposición de distintas Cámaras empresariales de información suministrada por el SIM.

Bs. As., 10/3/2000

VISTO, la Resolución General Nº 701(AFIP), y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Resolución General se dispuso un sistema de participación de las Cámaras, Federaciones o Asociaciones representativas de las actividades sectoriales, en carácter de observadoras, en la verificación física de las mercaderías de las destinaciones de importación.

Que el mencionado sistema ha arrojado un resultado altamente positivo por cuanto ha contribuido a incrementar la transparencia de las operaciones de control aduanero.

Que el actual desarrollo del SISTEMA INFORMATICO MARIA permite contar con información en línea, a través del Aviso de Carga informatizado, de las operaciones de verificación o carga a ser realizadas en el ámbito metropolitano, con una anticipación mínima de dos horas a que éstas se concreten.

Que las recientes disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional orientadas a combatir el contrabando en todas sus formas aconsejan extender el alcance de la medida previamente mencionada a las Cámaras, Federaciones y Asociaciones representativas para que colaboren con el Organismo suministrándoles la información disponible dentro del SISTEMA INFORMATICO MARIA, con las restricciones que impone el secreto estadístico, a los efectos de que el Servicio Aduanero pueda recibir de estas organizaciones advertencias sobre la comisión de presuntos ilícitos.

Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera y la Subdirección General de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º

Las Cámaras, Federaciones y Asociaciones representativas de los distintos sectores de la industria y el comercio podrán acceder a la consulta de los datos que proporciona el SISTEMA INFORMATICO MARIA a través de la transacción CONSULTA DE...

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