Resolución 1/2000

Fecha de disposición22 Febrero 2000
Fecha de publicación22 Febrero 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29342

Secretaría de Hacienda Secretaría de Hacienda

SECTOR PUBLICO NACIONAL

Resolución 1/2000

Apruébase la actualización y ordenamiento de la Clasificación Institucional, que tiene por objeto plasmar en la misma los cambios introducidos en la estructura orgánica del Sector Público Nacional, como asimismo, instrumentar adecuadamente los procedimientos encarados dentro del contexto del sistema integrado de administración financiera.

Bs. As., 6/1/2000

VISTO la Ley Nº 25.233 de fecha 10 de diciembre de 1999, los Decretos Nº 866 de fecha 28 de mayo de 1992 y Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999 y la Resolución del SECRETARIO DE HACIENDA del Ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 507 de fecha 5 de octubre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4º del Decreto 866/92 faculta a la SECRETARIA DE HACIENDA del Ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a dictar las normas de interpretación como así también a determinar, en los documentos presupuestarios, los niveles de apertura de cada uno de los clasificadores del Sector Público Nacional.

Que a través de la citada Ley de Ministerios Nº 25.233 y el Decreto Nº 20/99 se efectúo un reordenamiento estratégico de las instituciones que conforman el PODER EJECUTIVO NACIONAL a fin de concretar las metas políticas diagramadas tendiendo hacia una mayor eficacia y uniformidad del conjunto.

Que la mencionada Resolución Nº 507 del 5 de octubre de 1999 aprueba la actualización y ordenamiento de las Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional.

Que resulta conveniente proceder a reordenar el texto de la clasificación institucional con el objeto de plasmar en la misma los cambios introducidos en la estructura orgánica del Sector Público Nacional, como asimismo, instrumentar adecuadamente los procedimientos encarados dentro del contexto del sistema integrado de administración financiera.

Que la clasificación institucional ordena las transacciones públicas de acuerdo a la estructura organizativa del sector público y refleja las instituciones y áreas responsables a las que se asignan los créditos y recursos presupuestarios y, consecuentemente, las que llevarán adelante la ejecución de los mismos.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase la actualización y ordenamiento de la Clasificación Institucional para el Sector Público Nacional, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexa que forman parte integrante del presente artículo.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Mario Vicens.

CLASIFICACION INSTITUCIONAL

  1. Concepto

    La clasificación institucional ordena las transacciones públicas de acuerdo a la estructura organizativa del sector público y refleja las instituciones y áreas responsables a las que se asignan los créditos y recursos presupuestarios y, consecuentemente, las que llevarán adelante la ejecución de los mismos.

  2. Finalidad

    - Permite distinguir los diferentes niveles institucionales encargados de la toma de decisiones, respecto de la obtención de ingresos y de la realización de gastos.

    - Facilita el establecimiento de la responsabilidad administrativa que tiene cada institución en todo el proceso presupuestario, ante quien jurídicamente aprueba su presupuesto.

    - Permite establecer las orientaciones del gasto en función de la política gubernamental.

  3. Aspectos generales

    El clasificador institucional abarca todo el ámbito del sector público nacional no financiero; no obstante las características de su diseño hacen posible extender su cobertura a las administraciones provinciales, municipales y a las instituciones públicas financieras. Con estos niveles institucionales se completa el Sector Público Argentino.

    En el diseño del clasificador institucional se considera la organización del sector público definida en la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. De acuerdo a dicha norma el Sector Público Nacional está integrado por la Administración Nacional, que a su vez comprende a la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Instituciones de Seguridad Social, las Empresas y Sociedades del Estado, los Entes Interestaduales y por el Sector Público Nacional Financiero.

    Se define a las jurisdicciones como organizaciones públicas sin personalidad jurídica, que integran la Administración Central y que representan a cada uno de los poderes establecidos por la Constitución Nacional. En tanto que los Organismos Descentralizados, las Instituciones de Seguridad Social y las Empresas y Sociedades del Estado, son entidades que tienen personalidad jurídica y patrimonio propio.

    Para el ordenamiento institucional se ha adoptado una codificación múltiple de diez dígitos numéricos divididos en seis campos definidos según los siguientes criterios:

    1. El primer dígito identifica al sector público nacional financiero y no financiero.

    2. El segundo dígito identifica, dentro del Sector Público Nacional no Financiero, a los subsectores Administración Nacional, Empresas y Sociedades del Estado y Entes Interestaduales.

    3. El tercer dígito se asigna a los niveles que conforman la Administración Nacional (Administración Central, Organismos Descentralizados y las Institucionales de Seguridad Social), a los tipos de Empresas y Sociedades del Estado y a los Entes Interestaduales. En este sentido, se tiene un código diferenciado para la Administración Central, los Organismos Descentralizados, las instituciones de Seguridad Social y cada tipo de Empresas y Sociedades del Estado y Entes Interestaduales.

    4. El cuarto y quinto dígito identifica a las jurisdicciones.

    5. El sexto y séptimo dígito corresponde a las subjurisdicciones.

    6. Los tres últimos dígitos corresponden a la numeración correlativa asignada a cada una de las entidades públicas, es decir, los organismos descentralizados e instituciones de seguridad social de la...

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