Resolución 11/1999
Fecha de disposición | 05 Enero 2000 |
Fecha de publicación | 05 Enero 2000 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29308 |
Res 11-INFOLEG Comisión Nacional de Trabajo Agrario
SALARIOS
Resolución 11/99
Establécese un premio por puntualidad para los trabajadores ocupados en la actividad de floricultura y viveros en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 2, provincia de Buenos Aires y La Pampa.
Bs. As., 30/11/99
VISTO, la Resolución CNTA Nº 27/99, el Acta Nº 97/99 de la Comisión Asesora Regional Nº 2 (Provincias de Buenos Aires y La Pampa) y el Acta Nº 4/99 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución CNTA Nº 27/94, se han establecido remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en las tareas de floricultura y viveros, las que se encuentran vigentes desde el 1º de diciembre de 1994, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 2, para las provincias de Buenos Aires y La Pampa.
Que mediante el Acta Nº 97/99 la Comisión Asesora Regional Nº 2 elevó a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, un acuerdo que ratifica las remuneraciones fijadas por Resolución CNTA Nº 27/94 y propone un adicional por puntualidad, para el personal que se desempeña en tareas de floricultura y viveros, en jurisdicción de dicha Comisión Asesora (provincias de Buenos Aires y La Pampa).
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto al alcance y efecto de la medida propuesta, corresponde proceder a su determinación.
Que, en consecuencia, debe hacerse uso de las facultades conferidas por el artículo 86 de la Ley 22.248.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
Establecer un premio por puntualidad para los trabajadores ocupados en la actividad de floricultura y viveros en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 2, provincias de Buenos Aires y La Pampa, a partir del 1º de diciembre de 1999, el cual se consigna a continuación, conjuntamente con las remuneraciones mínimas para dicho personal:
SALARIOS SIN COMIDA
POR MES
$ POR DIA C/SAC
$ PUNTUALIDAD
$ Trabajador No Calificado
Trabajador Semi Calificado
Trabajador Calificado
Conductor Tractorista
Mecánico General 307,04
319,49
331,93
344,38
346,06 14,62
15,21
15,80
16,40
16,51 15,352
15,974
16,596
17,219
17,303 Cuando el trabajador deba realizar tareas en un establecimiento distante al del lugar habitual de trabajo, el empleador deberá proporcionar por su cuenta la comida o...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba