Resolución 8/1999

Fecha de disposición31 Diciembre 1999
Fecha de publicación31 Diciembre 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29305

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

REGIMEN DE MEJORA FINANCIERA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGROPECUARIO ARGENTINO

Resolución 8/99

Modificación de la Resolución Nº 285/99, en relación con los plazos en los que las entidades financieras deberán desembolsar los montos licitados.

Bs. As., 28/12/99

VISTO el Expediente Nº 800-015252/99 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA, el Decreto Nº 880 del 12 de agosto de 1999, la Resolución Nº 285 de fecha 17 de agosto de 1999 del registro de la mencionada Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4º del Decreto citado en el Visto designa a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIóN como Autoridad de Aplicación del Régimen de Mejora Financiera de la Competitividad del Sector Agropecuario Argentino, facultándola para interpretar y dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para el normal desarrollo del mismo.

Que el artículo 11 de la Resolución Nº 285/99 de esta Secretaría establece que las entidades financieras deberán desembolsar los montos licitados dentro de los CIENTO VEINTE (120) días posteriores al acto licitatorio.

Que el precio disponible de los cultivos de cosecha fina ha sufrido una importante baja y que los precios a futuro de los mismos son marcadamente más elevados, resultando por lo tanto necesario instrumentar herramientas financieras que posibiliten que los productores agropecuarios puedan retener sus cosechas a la espera de un mejor precio.

Que se han recibido diversas consultas tanto de entidades financieras como de asociaciones de productores sobre la posibilidad de incluir dentro del Régimen de Mejora Financiera de la Competitividad del Sector Agropecuario Argentino las financiaciones acordadas con este destino y que esta medida se halla perfectamente a tono con el espíritu del citado Régimen.

Que la cosecha de los granos finos se extenderá durante el próximo mes y que las decisiones de venta o retención se prolongarán en el tiempo.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha...

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