Resolución 1154/1999

Fecha de disposición16 Noviembre 1999
Fecha de publicación16 Noviembre 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29273

Ente Nacional Regulador de la Electricidad Ente Nacional Regulador de la Electricidad

TARIFAS

Resolución 1154/99

Apruébanse los valores del Cuadro Tarifario de Edelap S.A., con vigencia a partir del 1º de noviembre de 1999.

Bs. As., 10/11/99

VISTO: el Expediente ENRE Nº 7408/99, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde efectuar el recálculo del Cuadro Tarifario de la empresa “EDELAP S.A.”, aplicable al trimestre que comienza el 1º de noviembre de 1999 teniendo en cuenta los precios trimestrales de la energía y potencia que surgen de la Programación Semestral de Verano para el período noviembre 1999 - abril 2000, aprobada mediante Resolución de la Secretaría de Energía Nº 532/99 del 15 de octubre de 1999;

Que según lo establecen los procedimientos para la actualización del Cuadro Tarifario contenidos en el subanexo 2 del Contrato de Concesión de la Distribuidora “EDELAP S.A.”, corresponde recalcular en esta oportunidad los costos de distribución, de conexión y servicio de rehabilitación;

Que de acuerdo a lo expresado en la Resolución ENRE Nº 947/99 se determinó la metodología de traspaso a tarifas de los cargos variables de transporte por la energía en el mercado a término;

Que para fijar un valor acorde a los costos reales se calculò el monto mensual del cargo variable de transporte por la energía en el mercado a término como el promedio de los mencionados cargos abonados por la distribuidora, según consta en las facturas de CAMMESA, durante el período febrero- septiembre '99;

Que dicho cálculo resultó en un valor de $ 6.029 (Pesos seis mil veintinueve) por mes;

Que dada la variabilidad que han mostrado los mencionados cargos corresponderá compensar, de acuerdo a la metodología de ajuste ex-post, la diferencia entre el monto transferido a tarifas y los valores facturados por CAMMESA;

Que la mencionada diferencia, que incluye intereses, será expresada en términos unitarios ($/MW) dividiéndola por la demanda de potencia del área de la distribuidora, considerando la demanda de potencia de los Grandes Usuarios, y luego se incorporará al precio de la potencia a transferir a tarifas de la misma manera que el ajuste por cargo complementario;

Que resulta conveniente, a los fines de asegurar adecuadamente la difusión de los cuadros tarifarios disponer su publicación en un plazo acorde con el derecho de los usuarios a ser suficientemente informados;

Que se ha producido el correspondiente dictamen interdisciplinario;

Que el Directorio del ENTE...

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