Resolución 726/1999

Fecha de disposición29 Septiembre 1999
Fecha de publicación29 Septiembre 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29240

Secretaría de Industria, Comercio y Minería Secretaría de Industria, Comercio y Minería

DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Resolución 726/99

Apruébanse los Lineamientos para el Control de las Concentraciones Económicas y las Normas de Procedimiento para el trámite de Notificaciones Obligatorias de las Concentraciones Económicas.

Bs. As., 28/9/99

VISTO el Expediente Nro. 064-014313/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 58 de la Ley Nº 25.156 faculta a la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 22.262 a intervenir en las causas que se inicien durante la vigencia de la primera de las normas legales citadas, subsistiendo sus funciones hasta que se constituya y se ponga en funcionamiento el TRIBUNAL NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA NACION.

Que el espíritu del Legislador no ha sido otro que establecer transitoriamente una Autoridad de Aplicación hasta tanto se constituya y ponga en funcionamiento el antedicho Tribunal, pues de lo contrario el Capítulo III de la Ley Nº 25.156 entraría en vigencia sin contenido reglamentario y sin órgano de aplicación, lo que generaría incertidumbre e inseguridad jurídica a las personas, físicas o jurídicas, que queden comprendidas en las disposiciones legales del citado Capítulo.

Que la tramitación de las causas que se inicien de oficio o por notificación de los interesados, tramitarán por ante la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, en virtud de lo dispuesto y por la integración armónica del artículo 58 de la Ley Nº 25.156 y los artículos 6º a 16 de la Ley Nº 22.262.

Que el artículo 11 de la Ley Nº 25.156 dispone que el citado Tribunal deberá fijar con carácter general la información y antecedentes que las personas deberán proveer, así como los plazos en que esa información y antecedentes deben ser provistos, por lo cual resulta imperioso que ante la entrada en vigencia de la Ley antes mencionada, se establezcan los lineamientos que reflejen la metodología de evaluación de las concentraciones económicas y las normas que regulan el procedimiento de notificación obligatoria de las operaciones previstas en los artículos , y de la Ley Nº 25.156.

Que la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA ha elaborado los Lineamientos para el Control de Concentraciones Económicas con el objeto de revelar a los mercados la secuencia metodológica que será aplicada en la evaluación de las mismas, así como las Normas de Procedimiento para el trámite de Notificaciones Obligatorias de las Concentraciones Económicas exigido por la Ley Nº 25.156.

Que el suscripto comparte los términos del Dictamen emitido por la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, al cual cabe remitirse en honor a la brevedad, y cuya copia autenticada se incluye como ANEXO I y es parte integrante de la presente.

Que la competencia para el dictado del presente acto está establecida en el Artículo 58 de la Ley Nº 25.156.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse los Lineamientos para el Control de las Concentraciones Económicas y las Normas de Procedimiento para el trámite de Notificaciones Obligatorias de las Concentraciones Económicas, que forman parte del dictamen de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA en Anexo propio I con TREINTA Y DOS (32) fojas y Anexo propio II con SIETE (7) fojas, que forman parte de la presente resolución.

Art. 2º - Considerése parte integrante de la presente al Dictamen emitido por dicha Comisión, de fecha 27 de septiembre de 1999, que en DOS (2) fojas y sus Anexos propios también forman parte de la presente resolución.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Alieto A. Guadagni.

Expte. Nº 064-014313/99

DICTAMEN Nº 326/99

Buenos Aires, 27 de setiembre de 1999

SEÑOR SECRETARIO:

Elevamos a su consideración el presente dictamen referido a la aprobación de los lineamientos metodológicos que guiarán la evaluación de las concentraciones económicas y los procedimientos para la notificación obligatoria ante esta Comisión de las mismas en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 25.156 de Defensa de la Competencia.

  1. La Ley Nº 25.156 en su artículo 58 faculta a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 22.262, a intervenir en las causas que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la primera de las normas citadas, subsistiendo en sus funciones hasta tanto se constituya y entre en funcionamiento el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia.

  2. ...

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