Resolución 929/1999

Fecha de disposición01 Agosto 1999
Fecha de publicación13 Agosto 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29208

Ente Nacional Regulador de la Electricidad Ente Nacional Regulador de la Electricidad

TARIFAS

Resolución 929/99

Apruébanse los Cuadros Tarifarios de Edesur S.A. y Edenor S.A., con vigencia a partir de la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1 de agosto de 1999.

Bs. As., 4/8/99

VISTO: los Expedientes ENRE Nº 7003/99 y ENRE Nº 6999/99, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde efectuar el recálculo de los Cuadros Tarifarios de las empresas "EDESUR S.A." y "EDENOR S.A.", aplicables al trimestre que comienza el 1º de agosto de 1999 teniendo en cuenta los precios trimestrales de la energía y potencia que surgen de la Reprogramación Trimestral de Invierno para el período agosto 1999-octubre 1999, aprobada mediante Resolución de la Secretaría de Energía Nº 402/99 del 23 de julio de 1999;

Que corresponde la adecuación del precio del contrato transferido de "CENTRAL COSTANERA S.A." según lo determinado en las Resoluciones ENRE Nº 25/94 y ENRE Nº 43/94;

Que resulta conveniente, a los fines de asegurar adecuadamente la difusión de los cuadros tarifarios disponer su publicación en un plazo acorde con el derecho de los usuarios a ser suficientemente informados;

Que se ha producido el correspondiente dictamen interdisciplinario;

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en los artículos 56 incisos a), d) y p) y 63 inciso g) de la Ley Nº 24.065 y en el Subanexo 2 del Contrato de Concesión de las distribuidoras "EDESUR S.A." y "EDENOR S.A."

Por ello:

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º

Aprobar los valores del Cuadro Tarifario de "EDESUR S.A." contenidos en el ANEXO I a este acto, del cual forma parte integrante, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de agosto de 1999.

Art. 2º

Aprobar los valores del Cuadro Tarifario de "EDENOR S.A." contenidos en el ANEXO II a este acto, del cual forma parte integrante, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de agosto de 1999.

Art. 3º

Dentro del término de cinco días corridos de notificada la presente resolución las distribuidoras "EDESUR S.A." y "EDENOR S.A." deberán publicar sus respectivos cuadros tarifarios en por lo menos dos diarios de mayor circulación de su...

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