Resolución 376/1999

Fecha de disposición02 Agosto 1999
Fecha de publicación02 Agosto 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29199

Resolución 376/99 del 27/7/99 Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL

Resolución 376/99

Gestión de compras y contrataciones del Sector Público Nacional. Incorpórase a la normativa existente una serie de datos con el objeto de facilitar la gestión operativa en el citado sector y que se realicen con eficacia, eficiencia y economía.

Bs. As., 27/7/99

VISTO el expediente Nº 001-002521/99 del registro de este MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y que de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, la responsabilidad primaria de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS consiste en proponer las políticas y establecer las normas y sistemas tendientes a lograr que el Sector Público Nacional realice sus contrataciones con eficacia, eficiencia y economía, y

CONSIDERANDO:

Que siguiendo el mismo criterio que inspiró el dictado de la Resolución Nº 499 de fecha 30 de octubre de 1998 de esta SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, resulta conveniente unificar los formatos de algunos de los formularios a utilizar en los procedimientos de contrataciones, lo que otorgará mayor calidad y claridad a la gestión de compras y posibilitará la obtención de datos comunes y uniformes para formular políticas y elaborar estadísticas.

Que de la recopilación de antecedentes y documentación relacionada con los procedimientos de contrataciones llevadas a cabo por las diversas jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional, se pudo verificar una notable heterogeneidad en los formatos y en la información que surge de los textos adoptados para realizar actas de apertura, actas de preadjudicación, solicitudes de gastos y pedidos de publicación de anuncios de contrataciones en los medios correspondientes.

Que si bien los recaudos que deben contener las actas, solicitudes y pedidos citados precedentemente se encuentran establecidos en las disposiciones del Decreto Nº 826/88 y en la reglamentación de los artículos 61 y 62 de la Ley de Contabilidad Pública (Decreto-Ley Nº 23.354 de fecha 31 de diciembre de 1956, ratificado por Ley Nº 14.467) en lo pertinente, resulta necesario incorporar a dichos instrumentos una serie de datos y otorgarles un formato...

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