Resolución 555/1999

Fecha de disposición16 Abril 1999
Fecha de publicación16 Abril 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29127

Resolución General 555/99 del 14/4/99 Administración Federal de Ingresos Públicos

PROCEDIMIENTOS FISCALES

Resolución General 555/99

Procedimiento. Domicilio Fiscal. Artículo 3°, Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y su modificación. Resolución General N° 301, artículo 3°. Su modificación.

Bs. As., 14/4/99

VISTO la Resolución General N° 301, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma se reglamentaron las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1.334 del 11 de noviembre de 1998, relativas al domicilio que deberán consignar los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Que resulta necesario precisar el lugar donde se ejerce la administración superior, ejecutiva o gerencial, a los efectos de otorgar plena certeza a la constitución del domicilio fiscal.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Asesoría Legal, de Asesoría Técnica y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto N° 1.397/79 y sus modificaciones y el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Modifícase la Resolución General N° 301, en la forma que se indica a continuación:

-Incorpórase como segundo párrafo del artículo 3°, el siguiente:

Cuando se trate de una sola unidad de explotación, se...

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