Resolución 223/1999

Fecha de disposición13 Abril 1999
Fecha de publicación13 Abril 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29124

Administración Nacional de la Seguridad Social Administración Nacional de la Seguridad Social

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Resolución 223/99

Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de mayo de 1999.

Bs. As., 7/4/99

VISTO la necesidad de establecer el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para la emisión del mes de mayo del corriente año 1999, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.

Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales en períodos anteriores no han variado de manera significativa hasta la fecha.

Que tal circunstancia, ante las limitaciones financieras que enfrenta el Sistema y la magnitud de la erogaciones, determinan la necesidad de mantener el esquema de QUINCE (15) grupos de pago.

Que debe aclararse que en dichas Prestaciones se incluye bajo los códigos 129 ó 130, según corresponda, la liquidación del "Subsidio" acordado por los Decretos Nº 2.627/92 y Nº 1.524/94.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de mayo de 1999, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación:

  1. Beneficiarios cuyos haberes mensuales por todo concepto no superen la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200,-).

    GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de junio de 1999.

    GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de junio de 1999.

    GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de junio de 1999.

    GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de junio de 1999.

    GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de junio de 1999.

  2. Beneficiarios cuyos haberes mensuales por todo concepto superen la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) y no superen la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450).

    GRUPO DE...

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