Resolución 200/1999

Fecha de disposición26 Marzo 1999
Fecha de publicación26 Marzo 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29114

Resolución 200/99 del 23/3/99 Secretaría de Industria, Comercio y Minería

PROMOCION INDUSTRIAL

Resolución 200/99

Declárase a la firma LYS S.A. comprendida en el Régimen de Sustitución de Productos instituidas por el Decreto N° 479/95 en el marco de la Ley N° 19.640 y demás normas reglamentarias, modificatorias y complementarias, para la sustitución de videograbadores y videoreproductores por soportes de lectura óptica y soportes de lectura magnética, respectivamente.

Bs.As., 23/3/99

B.O.: 26/3/99

VISTO el Expediente Nº 060-006724/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma LYS S.A., solicita acogerse al Régimen de Sustitución de Productos instituido por el Decreto Nº 479 del 4 de abril de 1995 en el marco de la Ley Nº 19.640, los Decretos Nº 1139 del 1º de setiembre de 1988, Nº 1345 del 29 de setiembre de 1988, Nº 1395 del 11 de agosto de 1994, Nº 522 del 22 de setiembre de 1995, Nº 615 del 7 de julio de 1997 y demás normas reglamentarias, modificatorias y complementarias de aquellas, para la sustitución de videograbadores y videoreproductores por soportes de lectura óptica y soportes de lectura magnética, respectivamente, en su planta industrial instalada en la Ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que la firma LYS S.A. es beneficiaria del Régimen de la Ley Nº 19.640 a través del Decreto Nº 2807 del 7 de julio de 1989 del Gobierno Interino del ex-Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, para la fabricación, entre otros productos, de videograbadores y videoreproductores en los términos del artículo 1º y el anexo I del Decreto Nº 479/95.

Que la empresa presenta un proyecto de sustitución de productos en el marco del Decreto Nº 479/95, en el que plantea reemplazar la producción de videograbadores y videoreproductores por la de soportes de lectura óptica y soportes de lectura magnética, respectivamente.

Que el mencionado proyecto de sustitución, de productos fabricados con los beneficios del marco normativo actualmente vigente, cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable y tendrá validez hasta el 31 de diciembre del año 2013.

Que la Gobernación de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur ha opinado favorablemente respecto de la sustitución solicitada, dado que la misma permite la necesaria...

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