Resolución 11/1999
Fecha de disposición | 26 Febrero 1999 |
Fecha de publicación | 26 Febrero 1999 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 29094 |
Resolución 11/99 del 13/1/99 Administración Nacional de la Seguridad Social
SISTEMA UNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 11/99
Condiciones para la permanencia de las pequeñas empresas en el Sistema de Pago Directo para Pequeñas y Medianas Empresas "Transacción PDPY".
Bs. As., 13/1/99
B.O.: 26/02/99
VISTO el Expediente N° 024-99-80372366-0-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el artículo 83 de la Ley N° 24.467, el Decreto N° 796 del 14 de agosto de 1997, la Resolución D. E. - N N° 1006 del 7 de octubre de 1997, la Norma de Procedimiento "Asignaciones Familiares de Pago Mensual Liquidadas por el Sistema de pago Directo PYME - Decreto N° 796/97" 2-3-2-2.1.1-3-1/104 de fecha 17 de abril de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la modificación del parámetro del Sistema de Pago Directo para Pequeñas y Medianas Empresas (PDPY).
Que la Ley N° 24.467 establece en su artículo 83 un régimen especial a los fines de tipificar la pequeña empresa, sujetándolo a la coexistencia de dos condiciones, que su plantel no supere los CUARENTA (40) trabajadores y que tenga una facturación anual inferior a la cantidad que para cada actividad o sector fije la Comisión Especial de Seguimiento del artículo 140 de esa Ley.
Que el último párrafo del artículo 83 precedentemente mencionado dispone "... las pequeñas empresas que superen alguna o ambas condiciones anteriores podrán permanecer en el régimen especial de esta Ley por un plazo de TRES (3) años, siempre y cuando no duplique el plantel o la facturación indicados en el párrafo segundo de este artículo...".
Que el Decreto N° 796/97 disminuyó en DOS (2) puntos las contribuciones con destino al Sistema Unico de Seguridad Social, excepto las destinadas al Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados y al Régimen Nacional de Obras Sociales y duplicó los montos de las asignaciones familiares establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 6° de la Ley N° 24.714.
Que la Resolución MTySS N° 557/97 reglamenta el Decreto mencionado precedentemente.
Que la Resolución SSS N° 71/97 encomienda a la Administración Nacional de la Seguridad Social a pagar las asignaciones familiares a los beneficiarios en forma directa.
Que la Resolución D. E.-N N° 1006/97 instituye la operatoria y ejecución del Sistema de Pago Directo para Pequeñas Empresas.
Que resulta necesario adecuar los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba