Resolución 11/1999

Fecha de disposición14 Enero 1999
Fecha de publicación14 Enero 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29063

Resolución 11/99 del 06/01/99 Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 11/99

Mantíenese la inscripción de la empresa City Courier S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Bs. As., 6/1/99

B.O.: 14/1/99

VISTO el expediente N° 244 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la firma denominada CITY COURIER S.R.L. ha solicitado que se mantenga su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales el 26 de junio de 1996, con el número CUATROCIENTOS CATORCE (414).

Que en relación a lo peticionado, se ha verificado que la empresa ha dado cumplimiento a las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto N° 1187/93, modificado por Decreto N° 115/97, para el mantenimiento de su inscripción.

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fofas 135/136 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada CITY COURIER S.R.L.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6° inciso d') del Decreto N° 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC N° 31/98.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1°

Declárase que la firma denominada CITY COURIER S.R.L. ha acreditado el cumplimiento de los requisitos...

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