Resolución 26442/1999

Fecha de disposición14 Enero 1999
Fecha de publicación14 Enero 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29063

Resolución 26.442/99 del 08/01/99 Superintendencia de Seguros de la Nación

ENTIDADES ASEGURADORAS

Resolución 26.442/99

Autorízase a aquellas entidades que operan en el Ramo Caución el uso de determinadas condiciones generales y particulares de la póliza de Seguro de Caución para Prestatarios de Servicios de Transporte por Automotor para el Turismo y Servicios Ejecutivos de Jurisdicción Nacional.

Bs. As., 8/1/99

VISTO la nueva presentación efectuada por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte en el expediente Nro. 33.834 del Registro de esta Superintendencia de Seguros de la Nación en el que se tramita la elaboración de un nuevo seguro de garantía de conformidad con las prescripciones establecidas por los Decretos Nros. 958/92 y 808/95 y Resolución de la Secretaría de Transporte Nro. 299/98 respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que por la normativa mencionada la Secretaría de Transporte exige la constitución de un Seguro de Caución para los transportistas inscriptos en el Registro Nacional de Transporte de Pasajeros por Automotor - Servicio de Transporte para el Turismo y/o Servicio Ejecutivo;

Que se han consensuado las condiciones contractuales propuestas las que se condicen con las características de la cobertura;

Por ello y en uso de las facultades previstas en el Artículo 67 inc. b) de la ley 20.091,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1°

Autorizar a las entidades aseguradoras que operan en el Ramo Caución el uso de las condiciones generales y particulares de la póliza de Seguro de Caución para Prestatarios de Servicios de Transporte por Automotor para el Turismo y Servicios Ejecutivos de Jurisdicción Nacional que se acompañan como Anexo I del presente.

Art. 2° - Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.-Daniel C. Di Nucci.

ANEXO I 26.442

POLIZA DE SEGURO DE CAUCION PARA PRESTATARIOS DE SERVICIOS DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR PARA EL TURISMO Y SERVICIOS EJECUTIVOS DE JURISDICCION NACIONAL.

CONDICIONES PARTICULARES POLIZA Nro.

................................................................................................................................(El Asegurador) con domicilio en ...................................................................................................................., con arreglo a las Condiciones Generales que forman parte de esta póliza y a las Particulares que seguidamente se detallan, garantiza a la SECRETARIA DE TRANSPORTE Y/O...

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