Resolución 332/1999

Fecha de disposición12 Enero 1999
Fecha de publicación12 Enero 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29061

Resolucion General 332 del 10/01/99 (Norma Infoleg: Norma abrogada por art. 4° de la Resolución General N° 1589/2003 de la AFIP B.O. 5/11/2003. Vigencia: a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.).

Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 332/99

Impuesto de Emergencia a los Automotores, Motocicletas, Motos, Embarcaciones y Aeronaves. Fondo Nacional de Incentivo Docente. Ley N° 25.053. Régimen de percepción pura automotores, motocicletas y motos sujetos a la primera registración y a la transferencia de dominio. Su implantación.

Bs. As., 10/01/99

VISTO la Ley N° 25.053, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada ley se ha creado el impuesto de emergencia a los automotores, motocicletas, motos, embarcaciones y aeronaves, para el financiamiento del Fondo Nacional de Incentivo Docente.

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 8° del mencionado cuerpo legal, se han otorgado a la Administración Federal de Ingresos Públicos todas las facultades de reglamentación para la aplicación e ingreso del gravamen, así como para disponer regímenes de percepción.

Que, en tal sentido, cabe establecer, en una primera etapa, un régimen de percepción que alcance a los automotores, motocicletas y motos sujetos a la primera registración, y a aquéllos por los que se efectúe la transferencia de dominio.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Asesoría Legal y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas...

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