Resolución 471/1998

Fecha de disposición12 Enero 1999
Fecha de publicación12 Enero 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29061

Resolución 471/98 del 30/12/98 Secretaría de Transporte

TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS POR CARRETERA

Resolución 471/98

Adécuase la normativa vigente a efectos de prorrogar el plazo en el cual los conductores deberán contar con la aprobación del Curso de Capacitación Básico Obligatorio para Conductores de Vehículos Empleados en el mencionado Transporte, para la expedición de la Licencia Nacional Habilitante de acuerdo con la Resolución N° 110/97.

Bs. As., 30/12/98

VISTO el Expediente Nº 178-001590/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en cumplimiento de su misión específica se halla empeñada en que el transporte de mercancías peligrosas en general y el de residuos peligrosos en particular, se realice en las máximas condiciones de seguridad.

Que el Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, reglamentario de la Ley de Tránsito Nº 24.449 en su Anexo S, Artículo 4º, inciso d) dispuso la aprobación de normas funcionales que conformen el Reglamento General para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.

Que mediante la Resolución Nº 110 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de fecha 5 de diciembre de 1997 se ha incorporado al Reglamento General para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera aprobado por Decreto Nº 779/95, el Programa del Curso de Capacitación Básico Obligatorio para Conductores de Vehículos Empleados en el...

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