Resolución 290/1998

Fecha de disposición29 Diciembre 1998
Fecha de publicación29 Diciembre 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29052

Resolución N° 290/98 del 21/12/98 ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

Resolución N° 290/98

Bs.As., 21/12/98

B.O.: 29/12/98

VISTO el Expediente N° 376/98 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el Acta N° 66 de Reunión de Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita un Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Generales regulatorio de los procedimientos de selección de contratistas que lleve a cabo el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios que resulten necesarios para el cumplimiento de las misiones y funciones inherentes a este Ente Regulador.

Que el referido Pliego de Bases y Condiciones ha sido formulado en el marco del Régimen de Contrataciones del Estado (Título VI de la Ley de Contabilidad y sus disposiciones reglamentarias) vigente en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.

Que en la elaboración del Pliego han tomado intervención el DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS y la GERENCIA DE COORDINACIóN Y ASUNTOS LEGALES.

Que en Reunión de Directorio de fecha 3 de diciembre de 1998 se ha considerado el asunto, facultándose al suscripto a dictar la presente medida.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

RESUELVE:

Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios para el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el que como Anexo I integra la presente Resolución.

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. Dr RODOLFO CARLOS BARRA- Presidente Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos.

ANEXO I

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

  1. OBJETO:

    El presente Pliego establece las Bases y Condiciones Generales a las que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS someterá los procedimientos de selección que lleve adelante con el propósito de contratar los bienes, y servicios que resulten necesarios para el cumplimiento de los objetivos y competencias establecidos por la normativa que regula su funcionamiento.

  2. PROCEDIMIENTOS DE SELECCIóN:

    Las presentes bases y condiciones generales regirán en todos los procedimientos de selección previstos en los artículos 55 y 56 del Título VI de la Ley de Contabilidad Decreto-ley 23.354/56 y sus disposiciones reglamentarias contenidas en el Decreto 5720/72, y el decreto 826/88 por lo que sus disposiciones serán aplicables, en lo que resulte pertinente, a las licitaciones públicas y privadas y contrataciones directas que lleve adelante el mencionado organismo estatal.

  3. ABREVIATURAS Y DEFINICIONES DE TéRMINOS:

    A los efectos del presente Pliego y de los procedimientos de selección desarrollados en ese marco, se entenderá por:

    Pliego de Bases y Condiciones Generales o PBCG: El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales.

    Pliego de Bases y Condiciones Particulares o PCP: El Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rija cada uno de los llamados a licitación que el Comitente convoque.

    Comitente: El ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, ORSNA, expresiones éstas que pueden ser empleadas indistintamente.

    Interesado: Cualquier persona física o jurídica, que actuando individualmente o constituyendo un Consorcio, haya adquirido los Pliegos y el resto de la documentación técnica.

    Proponente u Oferente: El "interesado" que no teniendo un impedimento para contratar con el Estado presente su propuesta de conformidad con el Pliego.

    Oferta: La declaración de voluntad irrevocable, unilateral y recepticia efectuada por el proponente formulada de conformidad con el Pliego.

    Preadjudicación: La resolución del Comité de Selección proponiendo al Comitente la adjudicación.

    Adjudicatario: El proponente cuya propuesta haya resultado seleccionada como la más conveniente y así haya sido resuelto por la Comitente.

    Contratista: El adjudicatario a favor de quien el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS emita la correspondiente Orden de Compra o Provisión o con quien celebre el respectivo contrato para la ejecución de las tareas previstas en los Pliegos.

    Contrato: El Acuerdo de Voluntades celebrado con el adjudicatario para la ejecución de las tareas que constituyan el objeto de la contratación.

    Plazos: El cómputo de los plazos se efectuará, en lo pertinente, conforme a las disposiciones del Código Civil. Los términos en días se computarán por días hábiles administrativos, salvo que en el Pliego se disponga expresamente lo contrario.

  4. DE LOS IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES:

    No serán aceptados como oferentes quienes:

    1. Se encuentren alcanzados por algunas de las prohibiciones o causales de incompatibilidad para contratar con el ESTADO, en particular, las previstas por el decreto 5720/72.

    2. Se encuentren inhabilitados por condena judicial.

    3. Se hallen quebrados o concursados, mientras no obtengan su habilitación.

    4. Sean evasores o deudores impositivos o previsionales; o deudores morosos del Fisco por decisión judicial o administrativa firme.

    5. Los oferentes que presenten firmas asociadas que participan en más de una propuesta, es decir que las asociaciones deberán tener carácter de exclusivas.

  5. RéGIMEN LEGAL APLICABLE:

    El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales se ha basado en las disposiciones contenidas en el Régimen de Contrataciones vigente en el ámbito de la Administración pública nacional y sus disposiciones reglamentarias y complementarias (Capítulo VI del decreto-ley 23.354/56; Decreto 5720/72), normas que serán de aplicación en todo aquello que no se encuentre expresamente previsto en el presente Pliego y en los Pliegos de Condiciones Particulares que rijan cada contratación.

  6. PEDIDOS DE ACLARACIóN:

    Todo pedido de aclaración respecto al presente Pliego de Bases y Condiciones y del resto de la documentación que rija al llamado o la convocatoria, deberá hacerse antes de los cinco (5) días hábiles de la fecha fijada para la presentación de las ofertas. Las aclaraciones serán notificadas a todos los interesados.

  7. CONDICIONES ADICIONALES:

    Los proponentes deben examinar cuidadosamente la totalidad de la documentación que rija las contrataciones y no omitir la presentación de ninguna información o documento solicitado. No se aceptará ninguna rectificación posterior a la fecha establecida para la presentación de propuestas.

  8. CONTENIDO DEL CAPITULO DE ANTECEDENTES:

    Los proponentes deberán presentar la siguiente información completa, siguiendo estrictamente el orden señalado en este instructivo:

    8.1 Información...

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