Resolución 884/1998

Fecha de disposición09 Diciembre 1998
Fecha de publicación09 Diciembre 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29039

Resolución 884/98 del 30/11/98 Administración Nacional de la Seguridad Social

ASIGNACIONES FAMILIARES

Resolución 884/98

Impleméntase un procedimiento a partir de la presentación de las declaraciones juradas del devengado del mes de enero de 1999 para puesta al cobro de las Asignaciones Familiares de Pago Directo.

Bs. As., 30/11/98

B.O.: 09/12/98

VISTO el Expediente N° 024-99-80399809-0-790 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) dependiente de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, La Resolución DE N° 508/98, y

CONSIDERANDO

Que el expediente mencionado en el VISTO tramita la implementación del procedimiento a establecerse a partir la presentación de las declaraciones juradas del devengado del mes de enero de 1999 para puesta al cobro de las Asignaciones Familiares de Pago Directo.

Que el mismo tiene por objeto mejorar en forma sustancial la prestación que brinda esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que se trata de un procedimiento transitorio atento que la Organización tiene como objetivo estratégico el Pago Directo de todas las Asignaciones Familiares para todos los trabajadores en relación de dependencia.

Que la modalidad que se propone, amplía en forma indirecta los controles sobre todo el universo de beneficiarios con derecho al cobro de las Asignaciones Familiares de Pago Directo.

Que el informe brindado por un contador público matriculado en alguno de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas en la medida que contenga los datos mínimos y las constataciones de la documentación que se detalla en el ANEXO I de la presente, hacen posible la liquidación de las Asignaciones Familiares por Pago Directo en tiempo oportuno.

Que la puesta al pago de las Asignaciones Familiares, no significa la aprobación definitiva de la liquidación, ni la validación de derecho alguno a favor de los beneficiarios, mi renuncia por parte de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de ejercer las funciones de contralor que le sean propias y a producir las modificaciones, observaciones y correcciones, que entienda correspondan con posterioridad a la misma.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete, sin formular observaciones a la medida propuesta.

Que procede a dictar el acto...

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