Resolución 673/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2010

Jueves 9 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.983 44

Colectivo de Trabajo N'º57/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada corresponde al Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'º1678/09 y registrado bajo el N'º1421/09, conforme surge de fojas 31/33 y 36, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 59/61, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto N'º357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar N'º628 del 13 de junio de 2005.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — FÃjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º1678 del 27 de noviembre de 2009 y registrado bajo el N'º1421/09, suscripto entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS SALTA y la empresa COMPAÑÍA SALTEÑA DE AGUA Y SANEAMIENTO, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2

'º â RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a...

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