Resolución 2156/1998

Fecha de disposición22 Septiembre 1998
Fecha de publicación22 Septiembre 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28985

Resolución 2156/98 del 16/09/98 Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 2156/98

Establécense los puntos a desarrollar para la remisión y actualización de los Reglamentos Generales de Clientes indicados en el artículo 1º de la Resolución Nº 1662/98, por parte de las instituciones, organizaciones y público en general, en el marco del procedimiento iniciado mediante la citada Resolución.

Bs. As., 16/9/98

B.O: 22/09/98

VISTO los expedientes Nros. 0001/96, 0009/96 y 286/96 del registro de esta Secretaría y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución S.C. Nº 1662/98 esta Secretaría adopto el procedimiento de Documento de Consulta y Audiencia Pública previsto por los artículos 44 y 15 respectivamente, del "Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones", aprobado por Resolución S.C. N° 57/96, a los efectos de tratar la revisión y actualización de los distintos Reglamentos Generales de Clientes de Servicios de Telecomunicaciones.

Que el Estado Nacional ha iniciado el proceso de liberalización de los servicios de telecomunicaciones mediante la inminente apertura de la competencia, dándole al cliente la posibilidad de optar entre prestadores y servicios de distintas características.

Que se han incrementado substancialmente las líneas en todas las redes de telecomunicaciones y se ha producido una notoria y favorable evolución en la calidad del servicio brindado por estas.

Que las redes de telecomunicaciones presentan reducidos índices de fallas, equiparables a los de las operadoras de primer nivel en el mundo, producto de su renovación total, con incorporación de tecnología de avanzada y trascendentales cambios en la gestión de las mismas.

Que la calidad de facturación de los servicios ha mejorado significativamente, producto de la automaticidad de procesos y la utilización de sofisticados sistemas de control, generando una importante reducción en el número de reclamos por facturación.

Que en consecuencia surge la necesidad de contar con una reglamentación moderna, flexible y adaptable a la evolución de los servicios, que garantice los derechos de los clientes y a su vez simplifique las anteriores normativas.

Que el artículo 7° de la Resolución S.C. N° 1662/98 estableció que la Audiencia Pública se realice en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, restando indicar el lugar y horario de la misma.

Que el Reglamento General...

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