Resolución 2151/1998

Fecha de disposición22 Septiembre 1998
Fecha de publicación22 Septiembre 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28985

Resolución 2151/98 del 2151/98 Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 2151/98

Confírmase el otorgamiento de licencias en régimen de competencia para la prestación de Servicios de Valor Agregado y Transmisión de Datos, oportunamente concedidas por Resolución N° 1523/98.

Bs. As., 16/9/98

B.O: 22/9/98

VISTO el Expediente N° 3979/98, del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, en el cual se gestiona en favor de REYCOM ELECTRONICA SOCIEDAD ANONIMA, el otorgamiento de las licencias definitivas para la prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 731 del 12 de setiembre de 1989, modificado por su similar N° 59 del 5 de enero de 1990, estableció que los servicios de telecomunicaciones no considerados básicos o declarados en régimen de exclusividad por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, serán prestados en régimen de competencia.

Que los Decretos Nros. 62 del 5 de enero de 1990 y 1185 del 22 de junio de 1990 y sus modificatorios, establecen que los interesados en la prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia, deberán obtener la respectiva licencia.

Que las Resoluciones dictadas por la exCOMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES Nros. 477 del 17 de febrero de 1993 y 996 del 12 de marzo de 1993 y la similar N° 5623, dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES el 28 de noviembre de 1996, establecen el régimen y los requisitos para la obtención de las licencias de prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia.

Que oportunamente se concedió a REYCOM ELECTRONICA SOCIEDAD ANONIMA, licencia en régimen de competencia, por el término de NOVENTA (90) DIAS, para posibilitar, dentro de ese lapso, la regularización de la documentación presentada, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 996 dictada por la ex-COMISION DE TELECOMUNICACIONES el 12 de marzo de 1993.

Que a la fecha la recurrente ha dado cumplimiento a dicho requisito, por lo que corresponde confirmar el otorgamiento de la licencia solicitada.

Que a efectos de...

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