Resolución 1106/1998

Fecha de disposición11 Septiembre 1998
Fecha de publicación11 Septiembre 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28978

Resolución 1106/98 del 11/09/98 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

COMERCIO EXTERIOR

Resolución 1106/98

Modificación del Decreto N° 477/97, que aprobó el Programa de Inspección de Preembarque de Importaciones, a fin de efectuar ajustes en el mismo.

Bs. As., 9/9/98

B.O.: 11/09/98

VISTO el Expediente N° 020-001300/98 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y el Decreto N° 477 de fecha 22 de mayo de 1997 por el cual se aprobó el PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario efectuar ajustes al Programa citado en el Visto, a efectos de abarcar distintas situaciones que actualmente no se encuentran contempladas en el mismo y que resultan de vital importancia para su avance.

Que en este sentido se ha comprobado un significativo desplazamiento de las operaciones de importación hacia la banda ubicada por debajo de los TRES MIL PESOS ($ 3000), las cuales 110 se ven alcanzadas por la inspección previa.

Que asimismo se han verificado algunas hipótesis a las que debería eximirse de inspección previa y otras en las que correspondería autorizar la inspección en destino, que no fueron contempladas en el Decreto por el que se aprobara el régimen de preembarque.

Que en consecuencia resulta necesario adecuar el PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES para incorporar al mismo las situaciones antes descriptas, para la cual deberá igualmente contemplarse la modificación en el honorario que han de percibir las empresas de inspección y la Auditoría.

Que la presente medida no alterará la ecuación económico - financiera tenida en cuenta al seleccionarse a las empresas de inspección y auditoria, habida cuenta de la ampliación del universo de mercaderías a ser inspeccionadas.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete dictaminando que la presente medida resulta legalmente viable.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso g) del Anexo II del Decreto Nº 477/97.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Modifícase el Anexo I del Decreto Nº 477/97, que aprueba el PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES, de acuerdo al siguiente detalle:

  1. Sustitúyese el segundo párrafo del apartado II, del Anexo I, inciso c), por el siguiente: "Las...

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