Resolución 708/1998

Fecha de disposición10 Septiembre 1998
Fecha de publicación10 Septiembre 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28977

Resolución 708/98 del 7/9/98 Ministerio de Salud y Acción Social

SALUD PUBLICA

Resolución 708/98

Normas por las que se regirá el Registro de los Establecimientos que realicen actividades de elaboración, fraccionamiento, importación o exportación en jurisdicción nacional o con destino al comercio interprovincial y/o con el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires de productos de uso doméstico, denominados "Domisanitarios". Créase el Registro Nacional de Establecimientos Domisanitarios.

Bs. As., 7/9/98

VISTO los Decretos Nros.; 141/53 y 1986/70, la Resolución Conjunta N° 342/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y la N° 147/92 del Ministerio de Salud y Acción Social y el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N° 24/96 y 30/97 del Grupo Mercado Común y el Expediente N° 1-47-351898-9 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA: y

CONSIDERANDO:

Que es necesario contar con un sistema normativo actualizado de Registro de Establecimientos que, elaboren, fraccionen, importen o exporten productos de uso doméstico, denominados "Domisanitarios" que permita realizar una fiscalización adecuada de tales establecimientos a nivel nacional.

Que es conveniente asegurar los niveles de calidad y seguridad de los establecimientos que elaboran, fraccionan, importan o exportan tales productos: fijando los requisitos y exigencias que, a esos fines, deberán cumplir dichos establecimientos.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA -ANMAT- y su DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el art. 23 inciso 15) de la Ley de Ministerios (t.o. Decreto 438/92).

Por ello:

EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°

El Registro de los Establecimientos que realicen actividades de elaboración, fraccionamiento, importación o exportación en jurisdicción nacional o con...

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