Resolución 578/1998

Fecha de disposición08 Septiembre 1998
Fecha de publicación08 Septiembre 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28975

Resolución 578/98 del 03/09/98 Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 578/98

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma Magnetti Marelli Sistemas de Escape S.A.

Bs.As., 3/9/98

B.O.: 8/9/98

VISTO el Expediente N° 060-005988/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo, la firma MAGNETI MARELLI SISTEMAS DE ESCAPE S.A., con domicilio en Av. Vélez Sársfield 4500, Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1 ° de la Resolución ex- S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996 y en el artículo 1° de la Resolución ex- S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRTA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma MAGNETI MARELLI SISTEMAS DE ESCAPE S.A. con domicilio en Av. Vélez Sársfield 4500, Córdoba, Provincia de Córdoba, con las condiciones que se indican en el Anexo de DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2°

Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex - S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996, modificada por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la...

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