Resolución 1608/1998

Fecha de disposición30 Julio 1998
Fecha de publicación30 Julio 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28948

Resolución 1608/98 del 23/7/98 Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 1608/98

Modifícase en el Cuadro de Atribución de Bandas la canalización en el rango 17,7 - 19,7 GHz. Suprímese la atribución para el Servicio Fijo de una banda y la disposición de canales para Sistemas Múltiples Digitales (MXD) en determinadas bandas.

Bs. As., 23/7/98

B.O: 30/7/98

VISTO el Expediente Nº 7574/98 del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, donde se informa la necesidad de adoptar medidas administrativas que permitan garantizar el armónico desarrollo de distintos servicios de radiocomunicaciones, y

CONSIDERANDO:

Que en las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones celebradas en Ginebra en 1995 y 1997, mediante las modificaciones del Artículo S5, del Reglamento de Radiocomunicaciones, la Resolución PLEN- 1 (CMR-95), la nota de pie S5.523A (CMR-97), la revisión de la Resolución 46 y las Resoluciones COM5-23 y COM5-27 (CMR-97), se adoptaron las decisiones necesarias para permitir la utilización de sistemas de satélites geoestacionarios y no geoestacionarios en las bandas del Servicio Fijo por Satélite (SFS) comprendidas entre 18,8 y 19,3 GHz y entre 28,6 y 29,1 GHz.

Que en las citadas Conferencias Mundiales, la República Argentina apoyó la atribución de las mencionadas bandas para ser utilizada por sistemas del Servicio Fijo por Satélite de órbita no geoestacionaria (SFS no-GEO), lo que tuvo como resultado las normativas enunciadas en el primer considerando.

Que como consecuencia de la necesidad de promover las nuevas tecnologías que implican avances en la prestación de servicios y en la eficiencia de la utilización del espectro radioeléctrico, la Resolución SC N° 1077/98 atribuyó las bandas de frecuencias comprendidas entre 18,8 y 19,3 GHz y entre 28,6 y 29,1 GHz al Servicio Fijo por Satélite en los sentidos Espacio-Tierra y Tierra-Espacio respectivamente, para ser utilizadas por las redes de los Servicios Fijos por Satélite geoestacionarios y no geoestacionarios.

Que, en particular, la banda 18,8 - 19,3 GHz (500 MHz) ha quedado atribuida a igualdad de título a los servicios: FIJO (Sistemas Multicanales Digitales - MXD), y FIJO POR SATELITE.

Que la FCC en su Order and Authorization del 14/3/97 (archivos números 22 - DSS - P/LA94:43 - SAT - AMEND - 95: 127 SAT - AMEND - 95) autorizó el uso de la banda en cuestión para la operación de un sistema de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR